INGENIERÍA ELÉCTRICA MONTELEC SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2009
- Repertorio
- 5590-2009
- Notario
- NICOLÁS FERNANDO ARRIETA CONCHA
- Oficio
- Sexta Notaria de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Administración
La administración de la sociedad será ejercida por un Gerente que será designado mediante una escritura pública de nombramiento que deberá ser otorgada por accionistas que representen, al menos, el sesenta y seis por ciento de las acciones emitidas y pagadas de la sociedad. La citada escritura de nombramiento, deberá ser inscrita en el Registro de Comercio del domicilio social y anotada al margen de la inscripción constitutiva de la sociedad; y deberá señalar los accionistas que concurren a su otorgamiento, el número de acciones pagadas que éstos representan y su porcentaje del total existente, el nombre y número de cédula de identidad o rol único tributario de la persona nombrada en el cargo y las facultades que se le otorgan. En todo caso, a lo menos, el Gerente contará siempre con las facultades enunciadas por el artículo cuarenta y nueve de la ley dieciocho mil cuarenta y seis o el que lo reemplace en el caso que dicha ley fuere derogada o modificada; y además, con la representación judicial de la sociedad, estando legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. El Gerente General permanecerá en el cargo, mientras cuente con la confianza de la Junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNICOLÁS FERNANDO ARRIETA CONCHA, Notario Público Titular de Sexta Notaria de Antofagasta, con oficio en Paseo Arturo Prat Nº 470, local 3, interior, CERTIFICA: Por escritura pública otorgada hoy ante la Notario Suplente de este Oficio doña JAVIERA MISTRAL BARRERA MADARIAGA, Heriberto Del Rosario Alfaro Villalobos, debidamente facultado, redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INGENIERÍA ELÉCTRICA MONTELEC SpA, sociedad comercial del giro de su denominación, rol único tributario Nº 76.103.833-8; que fuera constituida por escritura pública de 21 de diciembre de 2009, ante la Notario de Antofagasta doña María Soledad Lascar Merino, Repertorio Nº 5590-2009; inscrita fojas 160 vuelta, Nº 131, Registro de Comercio año 2010, del Conservador de Comercio de Antofagasta; publicada edición Nº 39.574 del Diario Oficial de 30 de enero de 2010. Transformada posteriormente en Sociedad por Acciones por escritura pública de 31 de agosto de 2016, Repertorio Nº 3.550-2016, Notario Público de Antofagasta Camila Jorquiera Monárdez; inscrita fojas 1807, Nº 937 Registro de Comercio año 2016, Conservador de Comercio de Antofagasta; publicada Diario Oficial edición Nº 41.551 de 5 de septiembre de 2016; de conformidad con lo establecido por el artículo 427 del Código de Comercio. La Junta Extraordinaria de Accionistas, con la asistencia de la accionista titular de las 5.000 acciones en que se divide el capital social, ascendente a la suma de $5.000.000.- ACORDÓ, entre otras materias no extractables, modificar el Estatuto de la Sociedad, contenido en la escritura pública antes individualizada. El texto de la modificación acordada es el siguiente: “Acuerdo MONTELEC JEA 01/2021. Se acuerda, por unanimidad de la Junta de Accionistas, reemplazar íntegramente el Numeral “Cuatro) ADMINISTRACIÓN”, del Estatuto Social, contenido en la disposición Segunda de la escritura pública otorgada con fecha veintiséis de mayo del año dos mil veinte, ante el Notario Público de Antofagasta don Nicolás Arrieta Concha, Repertorio número tres mil cuatrocientos ochenta y nueve guión dos mil veinte; inscrita en extracto a fojas cuatrocientos sesenta y ocho, bajo el número trescientos veinticinco, del Registro de Comercio correspondiente al año dos mil veinte, del Conservador de Comercio de Antofagasta, por el siguiente: “Cuatro) ADMINISTRACIÓN. La administración de la sociedad será ejercida por un Gerente que será designado mediante una escritura pública de nombramiento que deberá ser otorgada por accionistas que representen, al menos, el sesenta y seis por ciento de las acciones emitidas y pagadas de la sociedad. La citada escritura de nombramiento, deberá ser inscrita en el Registro de Comercio del domicilio social y anotada al margen de la inscripción constitutiva de la sociedad; y deberá señalar los accionistas que concurren a su otorgamiento, el número de acciones pagadas que éstos representan y su porcentaje del total existente, el nombre y número de cédula de identidad o rol único tributario de la persona nombrada en el cargo y las facultades que se le otorgan. En todo caso, a lo menos, el Gerente contará siempre con las facultades enunciadas por el artículo cuarenta y nueve de la ley dieciocho mil cuarenta y seis o el que lo reemplace en el caso que dicha ley fuere derogada o modificada; y además, con la representación judicial de la sociedad, estando legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. El Gerente General permanecerá en el cargo, mientras cuente con la confianza de la Junta de Accionistas. El sólo otorgamiento en regla e inscripción en el Registro de Comercio, de una escritura de nombramiento de Gerente General, revoca ipso iure todo nombramiento de Gerente General efectuado con anterioridad a ella”. Demás estipulaciones y texto completo del Acta en escritura extractada. Antofagasta, 26 de Enero de 2021.