MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Desarrollo San José Limitada

RUT 86009200-K CVE 1894322
Capital
$25.693.935 CLP
Fecha instrumento
6 de enero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de enero de 2021
Repertorio
48-2021
Notario
HUMBERTO ENRIQUE MIRA GAZMURI
Oficio
29º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$25.693.935 CLP

Administración

Los socios acordaron que la Sociedad será administrada por don Jaime Arturo López Sotomayor y doña Antonia López García, quienes, actuando de forma conjunta, tendrán las facultades establecidas en el Artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, y, sin perjuicio de los poderes y delegación de facultades que pueda hacer en terceros, la representará judicial y extrajudicialmente, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros. La inscripción del presente extracto importa el cumplimiento de formalidades establecidas en los estatutos de la Sociedad para la designación de los Administradores

Personas y entidades (7)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
JORGE JUSTINIANO LÓPEZ SOTOMAYOR socio 5540922-6
JAIME ARTURO LÓPEZ SOTOMAYOR socio 5540924-2
ANA MARÍA LÓPEZ SOTOMAYOR socio 5540923-4
MARÍA DEL PILAR LÓPEZ SOTOMAYOR socio 5540921-8
DIEGO ANDRÉS LÓPEZ GARCÍA socio 8127395-2
ANTONIA LÓPEZ GARCÍA socio 13472408-0
Sociedad de Desarrollo San José Limitada socio 86009200-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO ENRIQUE MIRA GAZMURI, abogado y Notario Público, Interino de la 29º Notaría de Santiago, de este domicilio, Mac Iver 225, Of 302, Santiago, CERTIFICO: que por escritura pública de 6 de enero de 2021, Repertorio N° 48-2021, ante mí, los señores don JORGE JUSTINIANO LÓPEZ SOTOMAYOR, RUT 5.540.922-6; don JAIME ARTURO LÓPEZ SOTOMAYOR, RUT 5.540.924-2; doña ANA MARÍA LÓPEZ SOTOMAYOR, RUT 5.540.923-4; doña MARÍA DEL PILAR LÓPEZ SOTOMAYOR, RUT 5.540.921-8; don DIEGO ANDRÉS LÓPEZ GARCÍA, RUT 8.127.395-2 y; doña ANTONIA LÓPEZ GARCÍA, RUT 13.472.408-0; todos los comparecientes domiciliados para estos efectos en esta ciudad, Cerro El Plomo cinco mil seiscientos ochenta, piso diecinueve, comuna de Las Condes, en su calidad de únicos socios de Sociedad de Desarrollo San José Limitada, RUT N° 86.009.200-K, inscrita a fojas 3.367 número 2545 del año 1979 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del mismo año (en adelante, la “Sociedad”), acordaron lo siguiente respecto a la Sociedad con el objeto de dar cuenta de la adjudicación que se produjo como consecuencia del fallecimiento del socio don Jorge Carlos Ernesto López Iñiguez: i) actualizar la participación de los socios en el capital de la Sociedad, modificando para tales efectos el artículo quinto de los estatutos, quedando este como sigue: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $25.693.935, totalmente aportado y pagado por los socios de la siguiente forma: a) María del Pilar López Sotomayor, $4.282.323, que corresponde a un sexto del capital social; b) Jorge López Sotomayor, $4.282.323, que corresponde a un sexto del capital social; c) Ana María López Sotomayor, $4.282.323, que corresponde a un sexto del capital social; d) Jaime López Sotomayor, $4.282.322, que corresponde a un sexto del capital social; e) Diego López García, $4.282.322, que corresponde a un sexto del capital social y; f) Antonia López García, $4.282.322, que corresponde a un sexto del capital social.”; y ii) Administración: Los socios acordaron que la Sociedad será administrada por don Jaime Arturo López Sotomayor y doña Antonia López García, quienes, actuando de forma conjunta, tendrán las facultades establecidas en el Artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, y, sin perjuicio de los poderes y delegación de facultades que pueda hacer en terceros, la representará judicial y extrajudicialmente, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros. La inscripción del presente extracto importa el cumplimiento de formalidades establecidas en los estatutos de la Sociedad para la designación de los Administradores. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de Enero de 2021.