CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA MESETAS DE LA PUNTILLA SpA

CVE 1894362
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de febrero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de febrero de 2021
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, pudiendo establecer oficinas, agencias, sucursales o establecimientos en otras ciudades del país o en el extranjero

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto realizar, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera del país, inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas o sociedades por acciones, derechos en otras sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, pagarés, títulos de crédito y efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento con o sin opción de compra y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes raíces, amoblados o no, o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, contratar, adquirir y enajenar y suscribir toda clase de créditos, deuda, títulos de crédito y)o efectos de comercio; celebrar toda clase de contratos y, en especial, de sociedad, pudiendo desde luego participar en sociedades ya existentes, constituir sociedades y adquirir acciones o derechos en ellas; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su objeto o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura publica hoy, ante mí, INVERSIONES MCV SpA, debidamente representada y domiciliada en calle Alonso de Córdova N° 2.600, oficina 11, Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: INMOBILIARIA MESETAS DE LA PUNTILLA SpA.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera del país, inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas o sociedades por acciones, derechos en otras sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, pagarés, títulos de crédito y efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento con o sin opción de compra y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes raíces, amoblados o no, o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, contratar, adquirir y enajenar y suscribir toda clase de créditos, deuda, títulos de crédito y/o efectos de comercio; celebrar toda clase de contratos y, en especial, de sociedad, pudiendo desde luego participar en sociedades ya existentes, constituir sociedades y adquirir acciones o derechos en ellas; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su objeto o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer oficinas, agencias, sucursales o establecimientos en otras ciudades del país o en el extranjero. Capital: $10.000.000.- dividido en 100.000 acciones, nominativas, con derecho a voto, sin valor nominal y de igual valor, que se suscriben de la siguiente forma: INVERSIONES MCV SpA suscribe una acción, que paga en el acto. Las restantes acciones deberán ser suscritas y pagadas en el plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Santiago, 04 de Febrero de 2021.