Instrumento
- Fecha
- 3 de febrero de 2021
- Repertorio
- 2331/2021
- Notario
- Juan Cristian Berrios Castro
- Oficio
- Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: certifica que: por escritura pública de fecha 3 de febrero de 2021, repertorio N° 2331 / 2021, ante mí, Endurance Investments S.A., viene en constituir una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Nombre: Cerro Castillo SpA. 2. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, comandita por acciones o simplemente en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o por acciones, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones, cooperativas y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; b) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado; y, c) ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los accionistas y que digan relación con el objeto social. 3. Capital: El capital de la Sociedad es la suma cincuenta y cuatro millones de pesos, dividido en cien mil acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. Las acciones se suscriben íntegramente por el accionista constituyente, las que deberán ser pagadas dentro del plazo máximo de 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Santiago, 4 de febrero de 2021.