MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SMART BREW CHILE SpA

RUT 77235537-8 CVE 1893972
Fecha instrumento
4 de febrero de 2021
Notaría
Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri

Instrumento

Fecha
4 de febrero de 2021
Notario
JUAN CARLOS ALVAREZ DOMINGUEZ
Oficio
Primera Notaría de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri
Comuna
Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CARLOS ALVAREZ DOMINGUEZ, abogado, Notario Público Suplente, de la Primera Notaría de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri, con domicilio en calle Huérfanos mil ciento sesenta, oficinas ciento uno y ciento dos, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública otorgada con fecha 04 de febrero de 2021, ante mi, don MATIAS IGNACIO ALLODI AVENDAÑO, chileno, soltero, productor ejecutivo, cedula nacional de identidad número dieciocho millones novecientos treinta y cuatro mil cuatrocientos uno guion cinco, domiciliado para estos efectos en Ricardo Lyon Numero dos mil ochocientos cincuenta y seis, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, actual y único socio de la sociedad SMART BREW CHILE SpA, inscrita a fojas cincuenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y uno, numero veintiocho mil trescientos diecisiete, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veinte y se publicó en el Diario Oficial de fecha veintidós de septiembre de dos mil veinte, vienen en este acto a sanear el vicio formal, incurrido en publicación tardía en el Diario Oficial de extracto de la escritura pública de modificación de la sociedad, de fecha veinte de noviembre de dos mil veinte, celebrada en ésta Notaria, mediante la inscripción y publicación oportuna del extracto del presente instrumento, corrigiendo el vicio formal de la sociedad ya aludido, en conformidad a la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, respecto de la publicación oportuna del extracto en el Diario Oficial. El Notario que suscribe, certifica que compareció en la presente escritura el único y actual accionista de la sociedad, teniendo a la vista el Libro de Accionistas, representando la totalidad de las acciones en que se divide el capital social, de acuerdo a lo prescrito en el artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio. Lo demás, no es materia de extracto. Santiago a 08 de Febrero de 2021. J.C. Alvarez D.