CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SANICER SERVICIOS HIGIÉNICOS SpA

RUT 8969452-3 CVE 1893408
Capital
$17.900.000 CLP
Fecha instrumento
29 de enero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de enero de 2021
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$17.900.000 CLP
Domicilio
Avenida Canal Troncal San Francisco N. º3084, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado, Notario Público Titular de la 33 Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, Oficina 501, Santiago Centro, certifico: Que, por escritura pública con fecha 29 de Enero del año 2021, ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, Repertorio N.º 2.262-2021, doña EDITH JEANNETTE ARAYA MILLAR, Casada, cédula de identidad N.º 8.969.452-3, chilena, de profesión Contadora auditora, casada en sociedad conyugal, quien suscribe la presente escritura de sociedad por acciones en virtud de su patrimonio reservado en razón de lo establecido en el artículo 150 del Código Civil; ESTEPHANIA ANDREA CEREZO ARAYA, cédula de identidad N.º17.124.504-4, chilena, de profesión Enfermera, casada bajo el régimen patrimonial de separación total de bienes; don OSKAR ANDRÉ CEREZO ARAYA, cédula de identidad N.º18.956.028-1, de nacionalidad chilena, estado civil soltero, Estudiante de Ingeniería en Prevención de Riesgos; y don FRANCISCO JOAQUÍN ALEXIS CEREZO ARAYA, cédula de 19.422.288-2, Oficial de la Fuerza Aérea de Chile, mención Piloto de Guerra, de nacionalidad chilena, estado civil soltero. Todos domiciliados para estos efectos en Avenida Canal Troncal San Francisco N. º3084, comuna de Puente Alto, constituyeron Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos extracto: El nombre: “SANICER SERVICIOS HIGIÉNICOS SPA”; Nombre de fantasía “SANICER”. Domicilio: Avenida Canal Troncal San Francisco N. º3084, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana sin perjuicio de las sucursales, o representaciones que los accionistas acuerden establecer en otras ciudades del país, o en el extranjero. El objeto de la Sociedad será: a) Arriendo, instalación, mantención, reparación y limpieza de Baños Químicos y duchas portátiles. b) Prestación de servicio de limpieza de fosas sépticas. c) Importación, compra y venta de artículos de aseo. d) Importación, compra y venta de productos de limpieza y materiales de higienización. e) Servicio de destape de alcantarillados. f) Servicios relacionados con el rubro de la empresa que se hagan necesarios para la mantención de los equipos de baños químicos y de las camionetas limpia fosas. La Duración de la Sociedad será Indefinida. El capital Social será: de $17.900.000.- (Diecisiete millones, novecientos mil pesos), dividido en 895.- (Ochocientas noventa y cinco) acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal. Suscritas y aportadas en el plazo máximo de dos años, en razón de: Trescientas noventa y cinco acciones suscritas nombre de Doña EDITH JEANNETTE ARAYA MILLAR; Ciento cincuenta acciones suscritas a nombre de doña ESTEPHANIA ANDREA CEREZO ARAYA; Cincuenta acciones suscritas a nombre de Don OSKAR ANDRE CEREZO ARAYA; y Trescientas acciones suscritas a nombre de Don FRANCISCO JOAQUIN ALEXIS CEREZO ARAYA. No obstante, el capital y valor de las acciones mencionadas se entenderán modificadas de pleno derecho cada vez que la Junta General Ordinaria de Accionistas apruebe el balance de un ejercicio, debiendo el mismo expresar el nuevo capital y el valor de las acciones resultantes de la distribución de la revalorización del capital propio. Los Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. La Administración y uso de la Razón Social corresponderá a EDITH JEANNETTE ARAYA MILLAR, en calidad de Representante Legal de la Sociedad, quien administra la presente sociedad por acciones virtud de su patrimonio reservado en razón del artículo 150 del Código Civil, y para todos los efectos, tendrá las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al Gerente General de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la sociedad o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública. Otras estipulaciones de escritura extractada. Santiago, 4 de febrero del año 2021.