Instrumento
- Fecha
- 3 de febrero de 2021
- Notario
- GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ
- Domicilio
- doña Antonieta Mendoza Escalas
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) La prestación de servicios de enfermería, incluyendo controles preventivos, tratamientos terapéuticos de enfermedades, otorgamiento de asistencia técnica, vacunatorio, tomas de muestras de diversa naturaleza y clase, y cuidados de pacientes enfermos y)o convalecientes, incluidas las visitas a los mismos, ya sea en instituciones privadas o públicas, como en el domicilio particular de éstos. B) La investigación clínica, cualquiera sea la naturaleza o clase del objeto de la investigación. C) la preparación y desarrollo de estudios clínicos cualquiera sea la naturaleza o clase del objeto del estudio, y su publicación en el caso de ser pertinente. D) La preparación y dictación de seminarios, charlas, y)o capacitaciones de cualquier clase, ya sea a un grupo específico de profesionales y)o estudiantes o no. E) La realización, desarrollo y aplicación de procedimientos de enfermería de cualquier tipo y clase. F) La realización, desarrollo y aplicación de procedimientos dialíticos. G) La realización de docentica en universidades, institutos, colegios, escuelas, y cualquier otra institución educativa, ya sea publica o privada, tanto de pregrado como de postgrado. H) La compra de la totalidad del equipamiento que fuere necesario para el desarrollo del objeto social; todo lo anterior, ya sea en forma directa o a través de convenios con cualquier persona natural o jurídica de derecho público o privado, nacional o extranjera, u organismos del sector público, municipal, etcétera; y en general cualquier otra actividad relacionada con el giro y que las socias acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura hoy, ante mí, doña CONSTANZA ALVARADO SAUR, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, según se acreditará, Enfermera, cédula nacional de identidad y rol único tributario número trece millones ochocientos treinta y dos mil ciento dieciséis guion nueve, domiciliada en calle Helsby número nueve mil setecientos cincuenta, comuna La Reina, ciudad de Santiago; y FIGUEROA MARDONES SpA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y siete millones doscientos noventa mil trescientos sesenta y dos guion seis, representada según se acreditará por doña MARCELA ANDREA FIGUEROA MARDONES, chilena, soltera, enfermera, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos setenta y cuatro mil quinientos diez guion dos, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Miguel Claro número dos mil quinientos cincuenta y cinco. Departamento número trescientos siete, Comuna de Ñuñoa, las comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas citadas, constituyeron sociedad por acciones, en conformidad a Título VII, Libro II, Código de Comercio. Nombre: “MEDPROGRESS SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: A) La prestación de servicios de enfermería, incluyendo controles preventivos, tratamientos terapéuticos de enfermedades, otorgamiento de asistencia técnica, vacunatorio, tomas de muestras de diversa naturaleza y clase, y cuidados de pacientes enfermos y/o convalecientes, incluidas las visitas a los mismos, ya sea en instituciones privadas o públicas, como en el domicilio particular de éstos. B) La investigación clínica, cualquiera sea la naturaleza o clase del objeto de la investigación. C) la preparación y desarrollo de estudios clínicos cualquiera sea la naturaleza o clase del objeto del estudio, y su publicación en el caso de ser pertinente. D) La preparación y dictación de seminarios, charlas, y/o capacitaciones de cualquier clase, ya sea a un grupo específico de profesionales y/o estudiantes o no. E) La realización, desarrollo y aplicación de procedimientos de enfermería de cualquier tipo y clase. F) La realización, desarrollo y aplicación de procedimientos dialíticos. G) La realización de docentica en universidades, institutos, colegios, escuelas, y cualquier otra institución educativa, ya sea publica o privada, tanto de pregrado como de postgrado. H) La compra de la totalidad del equipamiento que fuere necesario para el desarrollo del objeto social; todo lo anterior, ya sea en forma directa o a través de convenios con cualquier persona natural o jurídica de derecho público o privado, nacional o extranjera, u organismos del sector público, municipal, etcétera; y en general cualquier otra actividad relacionada con el giro y que las socias acuerden. Capital: 1.000.000 de pesos, dividido en 100 acciones nominativas, de la misma serie, de igual valor y sin valor nominal, suscrito y pagado de la siguiente forma: 50 acciones por parte de doña CONSTANZA ALVARADO SAUR, ya individualizada, las paga en este acto al contado; y, 50 acciones por parte de FIGUEROA MARDONES SpA, ya individualizada, las paga en este acto al contado. En consecuencia, del total de las 100 acciones en que se divide el capital social, se ha suscrito y pagado en forma íntegra. Administración y uso razón social: La administración de la sociedad será ejercida por un directorio compuesto por tres miembros que deberán ser personas naturales. Los que podrán ejercer sus facultades personalmente, o bien, delegar total o parcialmente sus funciones en un Gerente General designado para tal efecto. Se deja expresa constancia que la junta de accionistas podrá designar tres directores suplentes de cada uno de los titulares. La forma de designación de los directores titulares y suplentes será por los accionistas mediante: a) acuerdo adoptado en Junta de Accionista por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto; o b) escritura pública suscrita por la unanimidad de los mismos.- Duración: indefinida. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales en país o extranjero. Demás estipulaciones no materia de extracto en escritura constitución. Santiago, 03 De febrero de 2021.-