MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA BELGICA 1574 SpA

RUT 76911838-1 CVE 1893687
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de enero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de enero de 2021
Notario
PAULA ANDREA LUNA SAEZ
Oficio
18ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULA ANDREA LUNA SAEZ, Notario Público, Suplente 18ª Notaría de Santiago, Huérfanos 669, piso 8, Santiago, certifica: que en esta Notaría, ante mí, con fecha 27 de enero de 2021, bajo el Repertorio número 1.568/2021, se redujo a escritura pública Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de “INMOBILIARIA BELGICA 1574 SpA”, celebrada también ante mí con fecha 25 de enero de 2021, a la que asistió la totalidad de las acciones emitidas, acordándose, entre otras materias no extractables, lo siguiente: 1) Aumentar el capital social del actual de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias y nominativas de una misma y única serie y sin valor nominal, al nuevo de $2.000.000, dividido en 2.000 acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, mediante la emisión de 1.000 nuevas acciones de pago, a ser ofrecidas y colocadas preferentemente entre los accionistas para que estos suscriban y paguen, en valor de $1.000 cada acción. 2) Establecer que el capital se dividirá en 2.000 acciones nominativas, sin valor nominal, dividido a su vez en dos series de acciones denominadas “Seria A Preferente”, que son las nuevas acciones que se crean y que estará integrada por 1.000 acciones preferentes, que se suscribirán y pagarán en el plazo de 5 años contados desde el 25 de enero de 2021 y “Serie B Subordinada” que estará integrada por las 1.000 acciones ordinarias, las cuales se encuentran suscritas a nombre de Inmobiliaria e Inversiones Júpiter SpA y pagadas por ella con anterioridad. 3) Reemplazar el artículo sexto de los Estatutos Sociales, por el siguiente: “Artículo Sexto: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, dividido y representado por 2.000 acciones, nominativas, sin valor nominal, de las cuales 1.000 acciones conforman la Serie A Preferente de acciones preferentes y 1.000 acciones conforman la Serie B Subordinada de acciones ordinarias, que se suscribe y pagará según las reglas establecidas en el artículo Primero Transitorio. Los privilegios de las acciones de la Serie A Preferente consisten en los siguientes: a) recibir preferentemente, en carácter de dividendos, un monto equivalente a un 50% de la rentabilidad anual del Proyecto Inmobiliario que la Sociedad desarrollará en calle Inglaterra número 1280, de la comuna de Independencia, para lo cual la Sociedad adquirió los inmuebles ubicados en calle Inglaterra números 1280-1294 y 1272 y en calle Bélgica número 1554, todos de la comuna antes mencionada. Recibirán este monto, con preferencia a cualquier distribución que pueda corresponder a las acciones de la Serie B Subordinada, como dividendo provisorio o definitivo de la Sociedad o bajo cualquier otra forma de reparto de utilidades o disminución de capital; b) recibir preferentemente, la devolución de capital por el monto correspondiente a los aportes de capital enterados por las acciones de la Serie A Preferente, con preferencia a cualquier distribución que le pueda corresponder a las acciones de la Serie B Subordinada, como dividendo provisorio o definitivo de la Sociedad o bajo cualquier otra forma de reparto de utilidades o disminución de capital; y, c) representar, siempre y en todo momento, un 50% del total de las acciones emitidas con derecho a voto, para efectos de computar el quórum y el ejercicio de los derechos políticos en juntas de accionistas; todo ello independiente del porcentaje que ellas representen en el total de acciones emitidas de la Sociedad. Del mismo modo, las acciones de la Serie B Subordinada serán subordinadas a las acciones de la Serie A Preferente y, por tanto, se pagarán, en su caso, sólo en la medida que se hubiere pagado a las acciones de la Serie A Preferente los privilegios señalados en las letras a) y b) anteriores, no teniendo derecho a participar en el reparto de cualquier distribución, como dividendo provisorio o definitivo de la Sociedad o bajo cualquier otra forma de reparto de utilidades o disminución de capital, en tanto no se hayan satisfecho las acciones de la Serie A Preferente conforme a las preferencias establecidas para dicha Serie. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Con todo, la Sociedad estará siempre obligada a respetar las disposiciones establecidas en pactos particulares entre sus accionistas para lo cual se le solicitará al Gerente General, o a quien haga sus veces, hacer referencia a los mismos en el Registro de Accionistas de la Sociedad. En consecuencia, el Gerente General, o quien haga sus veces, no procederán a inscribir en el Registro de Accionistas traspasos de acciones que no hayan dado cumplimiento a las normas establecidas en los pactos antes señalados. Los interesados podrán acreditar que la Sociedad tomó conocimiento del pacto de accionistas en mérito a una notificación practicada por notario público, quien en el acto de la notificación deberá entregar copia del pacto de accionistas.” Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Sociedad inscrita a fojas 58.802 N° 30.192 Registro Comercio Santiago año 2018.- Santiago, 29 de enero de 2021.