Comercial Axis Mundi SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de enero de 2021
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $39.638.413 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en calle Gran Avenida José Miguel Carrera número 4886, comuna de San Miguel, certifica que: por escritura pública de fecha 21 de enero de 2021, ante mí: Raúl Arturo Campaña Fuenzalida, con domicilio en Avenida Costanera Sur N° 2730, piso 12, comuna de Las Condes, Santiago, quien actúa en representación de Ilonka Waleska Polcz Sandoval, domiciliada en Don Carlos N° 2939, oficina 602, comuna de Las Condes, única y actual accionista de Comercial Axis Mundi SpA (la “Sociedad”), según consta en el Registro de Accionistas que he tenido a la vista, Sociedad que se encuentra inscrita a fojas 24.589, N° 19.835 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1997, dispone: que viene en sanear los vicio de forma que afectan a la escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2020, otorgada ante mí y en el oficio señalado, mediante la cual se dividió la Sociedad y se modificaron sus estatutos, (la “Escritura de Modificación”), por discrepancias entre dicha escritura y su extracto, el cual fue inscrito a fojas 87.814, N° 42.206 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2020 y publicado en el Diario Oficial con fecha 28 de diciembre del mismo año, en el siguiente sentido: /a/ se aclara que la Escritura de Constitución fue otorgada el día 30 de noviembre de 2020 y no el día 20 de noviembre de 2020, como se señala en el extracto en cuestión; y /b/ en el extracto se señaló erróneamente que el capital de la Sociedad se disminuyó en la suma de $39.638.413, siendo que en la Escritura de Modificación se señala que el capital de la Sociedad se disminuye en solo $5.574.321. Por lo tanto, el capital de la Sociedad con posterioridad a la división quedó disminuido a la suma de $403.819.679 y no a la suma de $369.755.587, como se señaló en el extracto de la Escritura de Modificación que por este acto se sanea. Lo anterior también tuvo como consecuencia que la modificación al artículo quinto de los estatutos fue erróneamente expresado en el extracto de la Escritura de Modificación, debiendo quedar como sigue: “ARTÍCULO QUINTO. Capital: El capital de la sociedad es la suma de cuatrocientos tres millones ochocientos diecinueve mil seiscientos setenta y nueve pesos, dividido en mil veintitrés acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, y de igual valor cada una”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 03 de febrero de 2021.