J&A AUDITORES CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2020
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $120.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 28 de Diciembre de 2020, ante mí, GERARDO OSVALDO UGALDE MOYA, domiciliado en Camino El Peumo 193, Villa Claro del Bosque, Curauma, Valparaíso, paso ésta; CARLOS FRANCISCO BARAHONA VERGARA, domiciliado en calle José Domingo Cañas 2001, departamento 1104, Ñuñoa, Región Metropolitana; CAROLINA ADELA CARO HENRIQUEZ, domiciliada en Avenida Hacienda Macul 5521, casa 29, Peñalolén, Región Metropolitana, y LUIS MIGUEL MERINO OLIVA, domiciliado en calle Linares 1371, departamento 41, Providencia, Región Metropolitana; modifican la sociedad J&A AUDITORES CONSULTORES LIMITADA, inscrita a fojas 69.531 N° 42.385, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2014, de la siguiente manera: 1) CESIÓN DE DERECHOS: LUIS MIGUEL MERINO OLIVA, dueño del 26% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a: (i) GERARDO OSVALDO UGALDE MOYA, un 10% del total de los derechos sociales, quien compra acepta y adquiere para sí, por el precio de $19.401.768.- pagados al contado, y que el cedente declara recibir a su conformidad; (ii) a CARLOS FRANCISCO BARAHONA VERGARA, un 8% del total de los derechos sociales, quien compra, acepta y adquiere para sí, por el precio de $14.551.325.- pagados al contado, y que el cedente declara recibir a su conformidad; (iii) a CAROLINA ADELA CARO HENRIQUEZ, un 8% del total de los derechos sociales, quien compra, acepta y adquiere para sí, por el precio de $14.551.325.- pagados al contado, y que el cedente declara recibir a su conformidad. Quedan como únicos socios de la Sociedad los señores GERARDO OSVALDO UGALDE MOYA, CARLOS FRANCISCO BARAHONA VERGARA y CAROLINA ADELA CARO HENRIQUEZ con un 40%, 30% y 30% de los derechos sociales, respectivamente. 2) DISMINUCION DE AUMENTO DE CAPITAL: Por escritura pública del 01 de junio de 2019, ante este mismo Notario, Socios acordaron aumento de capital social de $120.000.000.- a $200.000.000.- Socios de la Sociedad acuerdan: 1) Reducir el monto de aumento de capital de $200.000.000.- a $180.000.000.- y; 2) modificar Artículo Quinto de los Estatutos Sociales en lo referente al Capital Social, la cual queda como sigue: La Sociedad tiene un capital social de ciento ochenta millones de pesos, en parte pagado y enterado y en parte por pagar y por enterar, de la siguiente manera: i) el socio señor GERARDO OSVALDO UGALDE MOYA, quien posee, hoy en día, el 40% del total de los derechos sociales ha aportado, a esta fecha, la cantidad de $48.000.000.-, en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, y se compromete aportar la suma de $24.000.000.-, en caja social, al 28 de junio del año 2022, para así completar su aporte al capital social el cual corresponde a la suma total de $72.000.000.- ii) el socio señor CARLOS FRANCISCO BARAHONA VERGARA, quien posee, hoy en día, el 30% del total de los derechos sociales, ha aportado, a esta fecha, la cantidad de $36.000.000.- en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, y se compromete aportar la suma de $18.000.000.- al 28 de junio del 2022, para así completar su aporte al capital social el cual corresponde a la suma total de $54.000.000.- iii) la socia señora CAROLINA ADELA CARO HENRIQUEZ quien posee, hoy en día, el 30% del total de los derechos sociales, ha aportado, a esta fecha, la cantidad de $36.000.000.- en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, y se compromete aportar la suma de $18.000.000.- al 28 de junio del 2022, para así completar su aporte al capital social el cual corresponde a la suma total de $54.000.000.-.3) ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD. Se modifica el artículo Cuarto de los Estatutos Sociales eliminando la referencia al señor LUIS MIGUEL MERINO OLIVA en lo relativo a la Ausencia o Impedimento del Socio Administrador. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de Diciembre de 2020. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.