CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA LYMANN LIMITADA

RUT 7811124-0 CVE 1892971
Capital
$542.820.142 CLP
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2020
Repertorio
24995-2020
Notario
VERONICA TORREALBA COSTABAL
Oficio
Titular de la 33° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$542.820.142 CLP
Domicilio
Valparaíso
Duración
La sociedad comenzará a regir a contar de fecha de escritura extractada y durará 5 años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, lo que se expresará por escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento

Objeto social

La sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) Efectuar, todo tipo de negocios inmobiliarios, compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, comercialización y explotación en cualquiera de sus formas de bienes raíces, urbanos y)o rurales, propios y)o ajenos, tales como conjuntos habitacionales, casas, edificios y departamentos, terrenos y propiedades industriales, entre otros; b) Efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bienes raíces, bonos, debentures, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, fondos, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo comprar, vender, enajenar, ceder, aportar en dominio o conservar tales inversiones, tomar interés o participar como socio, accionista o comunero en empresas, sociedades de cualquier naturaleza, comunidades y asociaciones, en general, chilenas o extranjeras; crear, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, proyectos, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; y c) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. 4)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, Of. 501, Santiago, certifica: por escritura pública otorgada con fecha 22 de diciembre de 2020 bajo el repertorio N° 24.995-2020, ante mi, doña LYS ANNETTE BENAVIDES TORREBLANCA, doña CAROLINA MACARENA HORMANN BENAVIDES, don FELIPE ANDRÉS HORMANN BENAVIDES, y don DIEGO ADOLFO HORMANN BENAVIDES, todos domiciliados para estos efectos en calle Chacabuco N°1903, comuna y ciudad de Valparaíso, Región de Valparaíso, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada. Estatutos: 1) Razón Social: “INMOBILIARIA LYMANN LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comerciales o nombre de fantasía de “INMOBILIARIA LYMANN LTDA.”. 2) Domicilio: Valparaíso, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. 3) Objeto: La sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) Efectuar, todo tipo de negocios inmobiliarios, compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, comercialización y explotación en cualquiera de sus formas de bienes raíces, urbanos y/o rurales, propios y/o ajenos, tales como conjuntos habitacionales, casas, edificios y departamentos, terrenos y propiedades industriales, entre otros; b) Efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bienes raíces, bonos, debentures, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, fondos, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo comprar, vender, enajenar, ceder, aportar en dominio o conservar tales inversiones, tomar interés o participar como socio, accionista o comunero en empresas, sociedades de cualquier naturaleza, comunidades y asociaciones, en general, chilenas o extranjeras; crear, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, proyectos, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; y c) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. 4) Capital Social: El capital social es la suma de $542.820.142.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: 1) Doña CAROLINA MACARENA HORMANN BENAVIDES, aporta la suma de $10.856.403.-, que corresponde a un 2% de los derechos sociales, los cuales se enteran y pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a las arcas sociales; 2) Don FELIPE ANDRÉS HORMANN BENAVIDES, aporta la suma de $10.856.403.-, que corresponde a un 2% de los derechos sociales, los cuales se enteran y pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a las arcas sociales; 3) Don DIEGO ADOLFO HORMANN BENAVIDES aporta la suma de $10.856.403.-, que corresponde a un 2% de los derechos sociales, los cuales se enteran y pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a las arcas sociales; y 4) Doña LYS ANNETTE BENAVIDES TORREBLANCA, aporta la suma de $510.250.933.-, que equivalen a un 94% de los derechos sociales, los cuales se enteran y pagan mediante el aporte en dominio de los inmuebles que se singularizan en el Artículo Primero Transitorio de escritura extractada, por lo que este aporte se entiende ingresado a las arcas sociales. 5) Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. 6) Administración y uso de Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña LYS ANNETTE BENAVIDES TORREBLANCA, C.I. N°7.811.124-0, a doña CAROLINA MACARENA HORMANN BENAVIDES, C.I. N°17.354.089-2, a don FELIPE ANDRÉS HORMANN BENAVIDES, C.I. N°16.888.551-2 y a don DIEGO ADOLFO HORMANN BENAVIDES, C.I. N°17.996.573-9, quienes actuando de manera conjunta 2 cualesquiera de ellos, personalmente o por medio de mandatarios generales o especiales, y anteponiendo a la razón social su firma personal, podrán obligar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, con la sola limitación de no poder comprar ni vender bienes inmuebles, para lo cual deberán actuar conjuntamente los 4 administradores. Se confiere a los administradores las facultades indicadas en escritura extractada. 7) Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de fecha de escritura extractada y durará 5 años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, lo que se expresará por escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de enero de 2021.