INMOBILIARIA ALFARO SILVA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 25078-2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36º Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| OSCAR FELIPE ALFARO RAMÍREZ | socio | 15367814-6 | — | — | Independencia |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público de la 36º Notaría Santiago, con oficio en La Concepción 65 piso 2, Providencia, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 11 de diciembre de 2020, Repertorio N° 25.078-2020, ante mí, ANIBAL DANIEL ALFARO RAMIREZ, Rut N° 13.455.995-0 y don OSCAR FELIPE ALFARO RAMÍREZ, RUT Nº 15.367.814-6, con domicilio en Av. Independencia número 1290, comuna de Independencia, ciudad de Santiago, en su calidad de en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INMOBILIARIA ALFARO SILVA LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada con fecha 04 de diciembre de 2018 en la notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, inscrita a fs. 78.609 número 38.625 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2019, aumentan el Capital de la sociedad aportado en la suma de Veintinueve millones de pesos, por lo que el capital social ascenderá a la suma de treinta millones de pesos. El Aumento de Capital es pagado mediante la capitalización de créditos que los señores Anibal Daniel Alfaro Ramírez y Oscar Felipe Alfaro Ramírez mantienen en contra de la sociedad, créditos que, por este acto son Capitalizados por don Anibal Daniel Alfaro Ramírez, por la suma de catorce millones quinientos mil pesos y don Oscar Felipe Alfaro Ramírez, por la suma de catorce millones quinientos mil pesos. Por tanto, las partes vienen en modificar la cláusula Quinta de los Estatutos de la sociedad, reemplazándola íntegramente por lo siguiente: “El Capital social será la suma de treinta millones de pesos que los socios pagan y enteran de la siguiente forma: a) Socio don Oscar Felipe Alfaro Ramírez aporta la suma de quince millones de pesos, participando en el cincuenta por ciento de los derechos sociales, el cual fue pagado y enterado con anterioridad a este acto en caja social; b) El socio don Anibal Daniel Alfaro Ramírez aporta la suma de quince millones de pesos, participando en el cincuenta por ciento de los derechos sociales, pagado y enterado con anterioridada este acto en caja social. Por tanto, el capital se encuentra íntegramente pagado. DISOLUCION: Los socios, don ANIBAL DANIEL ALFARO RAMIREZ y don OSCAR FELIPE ALFARO RAMÍREZ, acuerdan en forma unánime, la disolución anticipada de la misma, disolución que tiene efecto a contar de la fecha de la escritura pública. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de Enero de 2021.