CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HOTELERA ECONOHOTEL LIMITADA

CVE 1892968
Capital
$7.500.000 CLP
Fecha instrumento
3 de febrero de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de febrero de 2021
Notario
ALEJANDRO OMAR ABUTER GAME
Domicilio
Concepción con asiento en Penco

Sociedad

Capital
$7.500.000 CLP
Domicilio
Penco, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
5 años contados desde fecha de la escritura extractada, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. Utilidades y Pérdidas: Las utilidades y pérdidas sociales se distribuyen entre los socios a prorrata de sus respectivos

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) la explotación de establecimientos hoteleros, tales como hoteles, moteles, lodges, cabañas, así como también centros de evento y restaurant; b) asimismo, la prestación de toda clase de servicios gastronómicos, catering, banquetería, coffee break, desayunos, almuerzos, cenas, pastelería, panadería, cafetería, ya sea en restaurant, a domicilio o en foodtruck; c) la inversión mediante la adquisición de bienes muebles corporales o incorporales, incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, acciones, bonos, mutuos, mutuos convertibles en acciones, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden con fondos propios o de terceros entregados en administración o bajo cualquier otra figura; d) en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, la Sociedad podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquier de sus socios o empresas relacionadas.Capital: $7.500.000, íntegramente suscrito y pagado en las siguientes proporciones: a) Doña LORETO ANDREA GUTIÉRREZ INOSTROZA, aportó la suma de $2.250.000, equivalentes al 30% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero efectivo al contado; b )Don RICHARD MARCELO CRUCES PÉREZ, aportó la suma de $2.250.000, equivalentes al 30% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero efectivo al contado; c) Doña JOSEFA ISIDORA CRUCES GUTIÉRREZ, aportó la cantidad de $1.500.000, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero efectivo al contado; d) Don NICOLÁS MARCELO CRUCES GUTIÉRREZ, aportó la cantidad de $1.500.000, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero efectivo al contado. Administración, Representación y

Administración

La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida separada e indistintamente por doñaLoreto Andrea Gutiérrez Inostroza y don Richard Marcelo Cruces Pérez, con las facultades y limitaciones indicadas en escritura extractada.Duración: 5 años contados desde fecha de la escritura extractada, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. Utilidades y Pérdidas: Las utilidades y pérdidas sociales se distribuyen entre los socios a prorrata de sus respectivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO OMAR ABUTER GAME, Notario Público Concepción con asiento en Penco, oficio calle Penco 150, certifico: por escritura pública de fecha 03 de febrero de 2021 ante mí, doña LORETO ANDREA GUTIÉRREZ INOSTROZA, don RICHARD MARCELO CRUCES PÉREZ, doña JOSEFA ISIDORA CRUCES GUTIÉRREZ, y don NICOLÁS MARCELO CRUCES GUTIÉRREZ, todos domiciliados para estos efectos en calle John Macnab número tres mil noventa y dos, El Venado, de la comuna de San Pedro de la Paz, y de paso en ésta, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “HOTELERA ECONOHOTEL LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, indistintamente la expresión abreviada “ECONOHOTEL LTDA.”. Domicilio: Penco, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la explotación de establecimientos hoteleros, tales como hoteles, moteles, lodges, cabañas, así como también centros de evento y restaurant; b) asimismo, la prestación de toda clase de servicios gastronómicos, catering, banquetería, coffee break, desayunos, almuerzos, cenas, pastelería, panadería, cafetería, ya sea en restaurant, a domicilio o en foodtruck; c) la inversión mediante la adquisición de bienes muebles corporales o incorporales, incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, acciones, bonos, mutuos, mutuos convertibles en acciones, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden con fondos propios o de terceros entregados en administración o bajo cualquier otra figura; d) en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, la Sociedad podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquier de sus socios o empresas relacionadas.Capital: $7.500.000, íntegramente suscrito y pagado en las siguientes proporciones: a) Doña LORETO ANDREA GUTIÉRREZ INOSTROZA, aportó la suma de $2.250.000, equivalentes al 30% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero efectivo al contado; b )Don RICHARD MARCELO CRUCES PÉREZ, aportó la suma de $2.250.000, equivalentes al 30% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero efectivo al contado; c) Doña JOSEFA ISIDORA CRUCES GUTIÉRREZ, aportó la cantidad de $1.500.000, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero efectivo al contado; d) Don NICOLÁS MARCELO CRUCES GUTIÉRREZ, aportó la cantidad de $1.500.000, equivalentes al 20% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero efectivo al contado. Administración, Representación y Uso de la Razón Social:La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida separada e indistintamente por doñaLoreto Andrea Gutiérrez Inostroza y don Richard Marcelo Cruces Pérez, con las facultades y limitaciones indicadas en escritura extractada.Duración: 5 años contados desde fecha de la escritura extractada, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. Utilidades y Pérdidas: Las utilidades y pérdidas sociales se distribuyen entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes. Responsabilidad: Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes.Demás estipulaciones en escritura extractada. Penco,05 febrero de 2021.