AS3 SEGURIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de febrero de 2021
- Repertorio
- 551-2021
- Notario
- CRISTOBAL DIAZ ACEVEDO
- Domicilio
- Titular Clovis Toro Campos
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- tres años a contar de la fecha de la escritura, su vigencia se prorrogará tácita y sucesivamente por igual período, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la sociedad, por declaración que deberá hacer por escritura pública o por instrumento notarial protocolizado, anotado al margen de la inscripción de la sociedad, todo ello con seis meses de anticipación a lo menos del vencimiento del período vigente
Objeto social
la prestación de servicios integrales de seguridad a personas naturales, empresas públicas y privadas, asesorar, dictar cursos de capacitación, charlas, orientaciones en el rubro; efectuar las prestación de servicios con recursos humanos y materiales pudiendo además, importar, exportar, fabricar, comercializar, vender, comprar, arrendar o entregar en comodato o leasing, productos o bienes relacionados con materias de seguridad, alarmas, camaras y monitoreo; la administración de personal en general, y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores o que en el futuro acuerden los
Administración
corresponderá a don NELSON HUMBERTO ABARCA BARRIA, a don DANIEL IGNACIO ALDUNATE PÉREZ, actuando en forma independiente la representará judicial y extrajudicialmente, y a don JUAN RAMIRO LARENAS ASCUÍ, quienes deberán actuar conjuntamente, al menos dos de ellos, será sin limitaciones de ningún tipo, pudiendo delegar tal facultad; tendrán las más amplias facultades señaladas en la escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTOBAL DIAZ ACEVEDO, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular Clovis Toro Campos, 13 Notaría Santiago, Compañía 1312, certifico: Por escritura pública, ante mí, de fecha 02 de febrero de 2021, Repertorio Nº 551-2021, don NELSON HUMBERTO ABARCA BARRIA, chileno, casado, empleado, C.I. 7.877.161-5, y SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA PARK LAKE S.A. RUT 76.926.980-0, representada por don DANIEL IGNACIO ALDUNATE PÉREZ, chileno, soltero, empleado, C.I. 16.212.187-1 todos domiciliados para estos efectos en Calle Compañía de Jesús 1390, oficina 609, comuna y ciudad de Santiago mayores de edad, quienes constituyen una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, cuya razón social será “AS3 SEGURIDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “AS3 SEGURIDAD LTDA.”, Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en cualquiera parte del país o del extranjero. Objeto Social: la prestación de servicios integrales de seguridad a personas naturales, empresas públicas y privadas, asesorar, dictar cursos de capacitación, charlas, orientaciones en el rubro; efectuar las prestación de servicios con recursos humanos y materiales pudiendo además, importar, exportar, fabricar, comercializar, vender, comprar, arrendar o entregar en comodato o leasing, productos o bienes relacionados con materias de seguridad, alarmas, camaras y monitoreo; la administración de personal en general, y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores o que en el futuro acuerden los socios.- Capital: $6.000.000.- de pesos, que se aporta y entera por los socios de la siguiente manera: a) don NELSON HUMBERTO ABARCA BARRIA, aporta la suma de 1.980.000.- pesos, equivalentes al 33% del capital social, en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresado en la caja social; b) la SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA PARK LAKE S.A., por intermedio de su representante legal don DANIEL IGNACIO ALDUNATE PÉREZ, aporta la suma de 4.020.000.- pesos, equivalentes al 67% por ciento del capital social, en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresado en la caja social. Responsabilidad: La responsabilidad de cada uno de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Administración, Representación y uso de la razón social: corresponderá a don NELSON HUMBERTO ABARCA BARRIA, a don DANIEL IGNACIO ALDUNATE PÉREZ, actuando en forma independiente la representará judicial y extrajudicialmente, y a don JUAN RAMIRO LARENAS ASCUÍ, quienes deberán actuar conjuntamente, al menos dos de ellos, será sin limitaciones de ningún tipo, pudiendo delegar tal facultad; tendrán las más amplias facultades señaladas en la escritura. Duración: tres años a contar de la fecha de la escritura, su vigencia se prorrogará tácita y sucesivamente por igual período, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la sociedad, por declaración que deberá hacer por escritura pública o por instrumento notarial protocolizado, anotado al margen de la inscripción de la sociedad, todo ello con seis meses de anticipación a lo menos del vencimiento del período vigente. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de febrero de 2021.