SOCIEDAD PROFESIONAL MOLINA Y GODOY LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de enero de 2021
- Repertorio
- 193/2021
- Notario
- MARIA OLGA ROJAS TREJO
- Domicilio
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Curicó
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad será de CINCO AÑOS contados desde la fecha del presente instrumento, término que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que uno de los socios que represente al menos el cincuenta por ciento del haber social, manifieste en cualquier época, su voluntad expresa de ponerle término antes de la expiración del plazo original o de alguna de sus prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social del Registro de Comercio correspondiente
Objeto social
a.- la prestación de servicios educacionales y sociales, de asesoría en el ámbito de la educación y proyectos de carácter social, gestiones, actuaciones e informes de toda naturaleza, y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio y práctica de las profesiones de trabajo social y profesora de educación especial, y todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente con este
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio doña TANIA ROXANA MOLINA MELLA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA OLGA ROJAS TREJO, Abogado, Notario Público Interino de Curicó, Estado Nº 282, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí con fecha 29 de enero de 2021 ante mí, Doña TANIA ROXANA MOLINA MELLA, chilena, cédula nacional de identidad Nº18.330.124-1, domiciliada en Villa don Sebastián pasaje Santa Elena 1329, comuna de Romeral, provincia de Curicó y doña YOSELINNE STEFANIE GODOY VALENZUELA, chilena, cédula nacional de identidad Nº18.402.409 -8, con domicilio en Valles de Romeral calle proyectada 1 casa 737, comuna de Romeral, provincia de Curicó; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada.-Razón Social: “SOCIEDAD PROFESIONAL MOLINA Y GODOY LIMITADA", pudiendo usar y actuar también con el nombre de fantasía “CONSULTORA MOLINA Y GODOY LTDA.".- Objeto Social: a.- la prestación de servicios educacionales y sociales, de asesoría en el ámbito de la educación y proyectos de carácter social, gestiones, actuaciones e informes de toda naturaleza, y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio y práctica de las profesiones de trabajo social y profesora de educación especial, y todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente con este giro. b.- cualquier otro negocio u actividad profesional y/o técnica que acordaren los socios.- Capital: El capital social será la suma de un millón de pesos ($1.000.000.- ), que se aportarán de la siguiente forma: doña TANIA ROXANA MOLINA MELLA , aporta la cantidad de $990.000.- (novecientos noventa mil pesos) equivalentes al 99 POR CIENTO del capital social, que entera y paga en este acto al contado y en efectivo y, doña YOSELINNE STEFANIE GODOY VALENZUELA, aporta la cantidad de $10.000.- (diez mil pesos) equivalentes al 1 POR CIENTO del capital social, que entera y paga en este acto al contado y efectivo. Por tanto, el capital se encuentra íntegramente aportado en este acto, sin que los socios nada adeuden- Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Curicó, sin perjuicio de las agencias, sucursales, locales, predios, negocios y/o dependencias de cualquier índole que establezca en otras ciudades del país o en el extranjero.- Duración: El plazo de duración de la sociedad será de CINCO AÑOS contados desde la fecha del presente instrumento, término que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que uno de los socios que represente al menos el cincuenta por ciento del haber social, manifieste en cualquier época, su voluntad expresa de ponerle término antes de la expiración del plazo original o de alguna de sus prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social del Registro de Comercio correspondiente.- Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio doña TANIA ROXANA MOLINA MELLA. Demás estipulaciones en escritura extractada, Repertorio Nº193/2021.- Curicó, 04 de Febrero de 2021.