CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Lavanda SpA

CVE 1892536
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de febrero de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de febrero de 2021
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá a doña María José Hudson Meyer y a don Malcolm Lionel Hudson Frías, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera n° 4.886, certifico: Por escritura pública de fecha 4 de febrero de 2021, ante mí: María José Hudson Meyer y Malcolm Lionel Hudson Frías, vienen en constituir una sociedad por acciones en los siguientes términos: I. Razón Social. La razón social será “Inversiones Lavanda SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquiera otros organismos públicos o privados, la sigla comercial o nombre de fantasía de “Lavanda SpA”.- II. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto: A) La prestación de servicios y explotación del negocio de lavado, limpieza, secado, centrifugado, planchado, y aseo en general, de manera industrial o artesanal, de todo tipo de prendas de vestir o artículos domésticos o industriales afín, directamente o en representación de terceros, sean éstos nacionales o extranjeros, en cualquier lugar del país y del extranjero. Este servicio podrá incluir el retiro y despacho de las prendas de vestir y los otros artículos enunciados precedentemente a modo ejemplar, mas no taxativo; B) Representar, adquirir, enajenar y arrendar toda clase de derechos, privilegios, patentes de invención, marcas registradas, uso de licencias, sean éstas nacionales o extranjeras, y bienes en general, por cuenta propia o de terceros, así como constituir agencias en Chile como en el extranjero, conforme a la legislación aplicable en el país respectivo, de todo tipo de operador en el rubro de lavanderías y lavasecos. Comprendiéndose dentro de su objeto principal expresamente la explotación de franquicias de cualquier tipo, ya sea de marcas nacionales o extranjeras, en especial de aquellas marcas relacionadas al servicio de lavandería, tintorería, lavaseco y planchado de prendas de vestir en general y del resto de los artículos mencionados precedentemente, y la explotación de franquicias de marcas relacionadas a la salud y al bienestar de las personas y los animales; C) Exportación o Importación de todo tipo de máquinas, productos e insumos relacionados al giro; D) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; E) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan; F) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas de fondos de cualquier clase o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. G) La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. H) La asesoría técnica, comercial, económica, administrativa y financiera en actividades que guarden relación directa o indirecta con el objeto de la sociedad, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto.- III. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero.- IV. Duración. Indefinida.- V. Capital. El capital social es la suma única y total de $10.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas en la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales.- VI. Administración. El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá a doña María José Hudson Meyer y a don Malcolm Lionel Hudson Frías, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Asimismo, los administradores contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 04 de febrero de 2021.