INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA PUERTA DEL SOL PONIENTE S.A.
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 15232
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA Notario Público titular 21 Notaría Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 578, comuna de Santiago, certifica que en Junta Extraordinaria de Accionistas de “INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA PUERTA DEL SOL PONIENTE S.A” de 6 de noviembre de 2020, reducida a escritura pública con fecha 31 de diciembre de 2020, otorgada ante la Notario Suplente María Luisa Vera Jeraldo, Repertorio N° 15.232.- Se Acordó: A.- Disminución de Capital social por no pago de acciones: Disminuir el capital social desde $100.000.000 a la suma de $1.000.000, en razón de que en Junta Extraordinaria de accionistas, celebrada ante la notario María Luisa Vera Jeraldó, con fecha 24 de julio de 2019 y reducida a escritura pública con fecha 08 de octubre de 2019 en la notaría de Santiago de Myriam Amigo Arancibia, se acordó un aumento de capital desde $1.000.000a $100.000.000, aumentando el capital social en la suma de $99.000.000.- mediante la emisión de 990.000 acciones, las que fueron suscritas en ese mismo acto por el FONDO DE INVERSION PRIVADO SANTA BERNARDITA, obligándose a pagarlas en un plazo de 60 días, plazo que se cumplió hace más de un año y aún no se efectúa el pago de las mismas. En consecuencia, los accionistas en forma unánime acuerdan: - Eliminar las 990.000 acciones suscritas y no pagadas por el FONDO DE INVERSION PRIVADO SANTA BERNARDITA. - Que en razón de lo anterior el FONDO DE INVERSION PRIVADO SANTA BERNARDITA deja de ser accionista de la sociedad. - Disminuir el capital social al efectivamente suscrito y pagado, que corresponde a la suma de $1.000.000, dividido en diez mil acciones. - Consecuencia de lo ya indicado, acuerdan, modificar el Artículo Quinto y el Artículo Segundo Transitorio del Estatuto Social. Capital social $1.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado.” Demás estipulaciones en escritura extractada.