CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES DE PASAJEROS JUAN GUILLERMO NOVA ORELLANA E.I.R.L.

RUT 15124374-6 CVE 1891951
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
11 de diciembre de 2020
Notaría
Rancagua
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de diciembre de 2020
Repertorio
5685-2020
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Comuna Rancagua
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley 19857

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Suplente del Titular 2º Notaría Rancagua, JAIME BERNALES VALENZUELA, Bueras 359 Of. 102, Certifica: Por escritura pública de fecha 11-12-2020, Repertorio Nº 5685-2020, ante mí, JUAN GUILLERMO NOVA ORELLANA, chileno, casado, separado de bienes, 38 años, transportista, CI Nro 15.124.374-6, con domicilio en Avenida Membrillar número 410, departamento 502, edificio Vicente Huidobro, Condominio Los Poetas II, comuna de Rancagua, constituyó una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada de carácter comercial. NOMBRE: TRANSPORTES DE PASAJEROS JUAN GUILLERMO NOVA ORELLANA E.I.R.L. Nombre de Fantasía TRANSPORTES NOVA E.I.R.L. CAPITAL: $1.000.000 pagados e ingresados a caja de la empresa. GIRO: La explotación comercial del transporte terrestre de pasajeros público o privado, licitado o no, dependiente del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones o no, sin limitación territorial comunal, provincial, regional, nacional o internacional. DOMICILIO: Comuna Rancagua, sin perjuicio de sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. VIGENCIA: Indefinida. REPRESENTACION: La administración y representación judicial y extrajudicial de la empresa para el desarrollo de su giro, corresponderá a el constituyente, quién para obligarla deberá anteponer a su firma el nombre de la empresa. El constituyente según art 9 Ley 19857 se encuentra investido de todas las facultades de administración, disposición y representación sin limitación alguna, inclusive de aquellas calificadas por la legislación nacional de especiales, como asimismo autocontratar. Facultades escritura extractada, amplias. Demás estipulaciones escritura extractada. Rancagua, 03 de febrero de 2021.-