CENTRO DE ESTÉTICA INTEGRAL VIOLETA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2020, ante mí, doña Olga Alejandra Neira Méndez, y don Robinson Taufik Tajmuch Vásquez, en su calidad de actuales y únicos socios de CENTRO DE ESTÉTICA INTEGRAL VIOLETA LIMITADA, inscrita a fojas 77.330 N°41.626 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, y de INVERSIONES SOCIALES BEAUTY LIMITADA, inscrita a fojas 86.375 N°41.464 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, todos domiciliados para estos efectos en calle Julia Bernstein N°1114, casa B, comuna de La Reina, Región Metropolitana, acordaron la fusión por incorporación de CENTRO DE ESTÉTICA INTEGRAL VIOLETA LIMITADA con INVERSIONES SOCIALES BEAUTY LIMITADA, sociedad ésta última que será absorbida por CENTRO DE ESTÉTICA INTEGRAL VIOLETA LIMITADA, mediante la incorporación de todos sus activos y pasivos, a valores financieros, al patrimonio de la sociedad absorbente que, a su vez, será la sucesora legal de la sociedad absorbida. Como resultado de la fusión acordada por el presente instrumento, se acuerda aumentar el capital de CENTRO DE ESTÉTICA INTEGRAL VIOLETA LIMITADA, que asciende a la suma de $1.000.000, en la suma de $1.000.000, aumento de capital que se entenderá pagado mediante la incorporación a la sociedad absorbente del capital de la sociedad absorbida, INVERSIONES SOCIALES BEAUTY LIMITADA. Por consiguiente, el capital social de CENTRO DE ESTÉTICA INTEGRAL VIOLETA LIMITADA fusionada con INVERSIONES SOCIALES BEAUTY LIMITADA, quedará fijado en la suma de $2.000.000. Como resultado de la fusión, los comparecientes acuerdan incluir las modificaciones en los estatutos sociales de la sociedad absorbente, de consiguiente acuerdan reemplazar el artículo Quinto de los Estatutos Sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: Uno) Doña Olga Alejandra Neira Méndez, la suma de $1.490.000, que corresponde a un 74,5% de participación en el capital social, que ha pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; y, Dos) Don Robinson Taufik Tajmuch Vásquez, la suma $510.000, que corresponde a un 25,5% de participación en el capital social, que ha pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha. Los socios dejan constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la sociedad”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 3 de febrero de 2021.