MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Caso Limitada

RUT 76897630-9 CVE 1890699
Fecha instrumento
11 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de diciembre de 2020
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. La adquisición, venta, arrendamiento o cualquier forma de uso de automóviles, station wagons o similares. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios”. En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes estipulaciones pacto social constitutivo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con domicilio en calle Luís Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, Providencia, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 11 de diciembre del año 2020, anotada bajo el repertorio número 19.403-2020, ante mí, los señores Pedro Antonio Carrasco Moreno, Sonia Alejandra Solar Yávar, Pedro Pablo Carrasco Solar, Josefina Alejandra Carrasco Solar, Camilo Andrés Carrasco Solar y Vicente Antonio Carrasco Solar, todos domiciliados en Avenida La Dehesa 1201, oficina 612, Torre Norte, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, efectuaron cesión de derechos y acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada Inversiones Caso Limitada (la “Sociedad”), conforme se indica a continuación: UNO. Cesión de derechos: /A/ doña Sonia Alejandra Solar Yávar se retira de la sociedad vendiendo, cediendo y transfiriendo a doña Josefina Alejandra Carrasco Solar todos los derechos que le corresponden en dicha Sociedad equivalentes al 10%.- Precio $120.576, los que se pagaron en dicho acto, en dinero en efectivo.- /B/ Pedro Antonio Carrasco Moreno vende, cede y transfiere a Josefina Alejandra Carrasco Solar el 5% de su participación social.- Precio $60.288, los que se pagaron en dicho acto, en dinero en efectivo. C) Pedro Antonio Carrasco Moreno vende, cede y transfiere a Pedro Pablo Carrasco Solar el 15% de su participación social.- Precio $180.864, los que se pagaron en dicho acto, en dinero en efectivo. D) Pedro Antonio Carrasco Moreno vende, cede y transfiere a Camilo Andrés Carrasco Solar, el 20% de su participación social. Precio $241.152, los que se pagaron en dicho acto, en dinero en efectivo.- /E/ Pedro Antonio Carrasco Moreno vende, cede y transfiere a Vicente Antonio Carrasco Solar, el 20% de su participación social. Precio $241.152, los que se pagaron en dicho acto, en dinero en efectivo.- Como consecuencia de las cesiones indicadas, Inversiones Caso Limitada queda constituida: Pedro Antonio Carrasco Moreno titular 20% haber social; Josefina Alejandra Carrasco Solar, titular 20% haber social; Pedro Pablo Carrasco Solar, titular 20% haber social; Camilo Andrés Carrasco Solar, titular 20% haber social; Vicente Antonio Carrasco Solar, titular 20% haber social. DOS. Modificación de la Sociedad: Actuales socios señores Pedro Antonio Carrasco Moreno, Josefina Alejandra Carrasco Solar, Pedro Pablo Carrasco Solar, Camilo Andrés Carrasco Solar y Vicente Antonio Carrasco Solar, introdujeron al pacto social las siguientes modificaciones: /A/ Modifican la cláusula segunda referida a la razón social, a contar de esta fecha la compañía será “Inversiones Río Diguillín Limitada”. /B/ Modifican la cláusula tercera referida al domicilio social que será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero. C) Modifican la cláusula cuarta referente al objeto social, en el siguiente sentido: “CUARTO. Objeto. El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. La adquisición, venta, arrendamiento o cualquier forma de uso de automóviles, station wagons o similares. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios”. En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes estipulaciones pacto social constitutivo.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 17 de diciembre de 2020.- Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público Titular.