CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA AGRÍCOLA PRODUCTOS TROYO LIMITADA

CVE 1890962
Capital
$30.000 CLP
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2020
Notaría
Temuco
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2020
Repertorio
167-2021
Notario
ELENA LEYTON CARVAJAL
Oficio
Cuarta Notaría de Temuco
Comuna
Temuco

Sociedad

Capital
$30.000 CLP
Domicilio
comuna de Lonquimay, Región de La Araucanía, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

Trabajar de manera mancomunada la producción, extracción y comercialización de productos agrícolas con valor agregado. Capital suscrito y pagado: $30.000 pesos, dividido en 30 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $1.000 pesos cada una. Concurrieron 06 socios a la Junta Constitutiva

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público titular de la Cuarta Notaría de Temuco, con domicilio en calle Claro Solar N° 831, Temuco, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 20 de Enero del 2021, Repertorio 167-2021, don Javier Efraín Saldivia Mayorga, domiciliado en Av. Luis Durand 0155, Temuco, redujo a escritura pública acta de la Junta General Constitutiva de la Cooperativa Agrícola Productos Troyo Limitada, celebrada en Troyo, comuna de Lonquimay, con fecha 22 de diciembre de 2020, mediante la cual se constituyó la referida cooperativa, y que se denominó “COOPERATIVA AGRÍCOLA PRODUCTOS TROYO LIMITADA”, con nombre de fantasía “PRODUCTOS TROYO”. Domicilio: comuna de Lonquimay, Región de La Araucanía, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: Trabajar de manera mancomunada la producción, extracción y comercialización de productos agrícolas con valor agregado. Capital suscrito y pagado: $30.000 pesos, dividido en 30 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $1.000 pesos cada una. Concurrieron 06 socios a la Junta Constitutiva. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, Enero, 20, 2021.