CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA E INMOBILIARIA FDV LIMITADA

CVE 1890840
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de enero de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de enero de 2021

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
3 años a partir de esta fecha, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término según lo estipulado en escritura

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización de inversiones de todo tipo, y en especial Agrícola e Inmobiliarias en toda clase de activos, la participación de todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, y en comunidades y asociaciones de toda clase; así como la compra, venta, consignación, administración, usufructo, arrendamiento, importación, exportación y, en general, comercialización a cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; comprendiendo la adquisición de bienes raíces urbanos o rurales, su venta, arrendamiento, subarrendamiento, loteo, subdivisión, urbanización, edificación, administración, corretaje y el diseño, proyección, remodelación y construcción de toda clase de edificios, viviendas y estacionamientos y su explotación de cualquier forma, directamente o a través de terceros. Asimismo la sociedad podrá realizar todas las actividades derivadas o que se relacionen con las señaladas y cualquier otro negocio que acordaren por escrito los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DAVID POZA MATUS, Notario Suplente del Titular don LUIS POZA MALDONADO, Notario de Santiago, con Oficio en Avda. Vitacura 6844 Vitacura, certifico: Por escritura de 27 de enero de 2021 ante el Titular don Luis Poza Maldonado, don CRISTIAN IGNACIO DIAZ GOMEZ, domiciliado para estos efectos en Avenida Presidente Riesco 7444, departamento 603, comuna de Las Condes, ciudad Santiago; don MAURICIO ALEJANDRO VIAL BALLADARES, domiciliado en calle Rafael Maluenda 1243, comuna de Vitacura, ciudad Santiago; y don RICARDO SEBASTIÁN FERNÁNDEZ ZÚÑIGA, domiciliado en Manquehue Sur 1550, Departamento 404, Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.- Razón social: “AGRICOLA E INMOBILIARIA FDV LIMITADA", con nombre de fantasía FDV INVERSIONES LTDA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales a establecer dentro o fuera del país.- Objeto: El objeto de la sociedad será la realización de inversiones de todo tipo, y en especial Agrícola e Inmobiliarias en toda clase de activos, la participación de todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, y en comunidades y asociaciones de toda clase; así como la compra, venta, consignación, administración, usufructo, arrendamiento, importación, exportación y, en general, comercialización a cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; comprendiendo la adquisición de bienes raíces urbanos o rurales, su venta, arrendamiento, subarrendamiento, loteo, subdivisión, urbanización, edificación, administración, corretaje y el diseño, proyección, remodelación y construcción de toda clase de edificios, viviendas y estacionamientos y su explotación de cualquier forma, directamente o a través de terceros. Asimismo la sociedad podrá realizar todas las actividades derivadas o que se relacionen con las señaladas y cualquier otro negocio que acordaren por escrito los socios. Administración, representación y uso razón social: corresponderá de manera conjunta a los tres socios o a lo menos a dos de ellos, cualquiera de los socios señores MAURICIO ALEJANDRO VIAL BALLADARES, RICARDO SEBASTIÁN FERNÁNDEZ ZÚÑIGA, y CRISTIAN IGNACIO DIAZ GOMEZ. Capital: $3.000.000, cantidad que los socios aportan y enteran en la siguiente proporción: CRISTIAN IGNACIO DIAZ GOMEZ la suma de $1.000.000; MAURICIO ALEJANDRO VIAL BALLADARES la suma de $1.000.000 y RICARDO SEBASTIAN FERNANDEZ ZUÑIGA la suma de $1.000.000, montos que cada socio aporta y paga en efectivo y que es ingresado al activo social en este acto. Duración: 3 años a partir de esta fecha, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término según lo estipulado en escritura.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 1 de febrero de 2021.