Instrumento
- Fecha
- 26 de enero de 2021
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- 40 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
(a) la compra, venta, arrendamiento, fabricación, elaboración, importación y exportación de bienes muebles, artículos, materias primas, productos semi-terminados y terminados, sean de procedencia nacional o extranjera, su distribución, comercialización y representación, ya sea por cuenta propia o ajena, en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle y, este último caso, en tiendas, almacenes, zonas francas y otros establecimientos similares de la Sociedad o de terceros; (b) ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad; (c) inversión de capitales en toda clase de bienes muebles o inmuebles, como derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; (d) administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, nacionales o extranjeras, de cualquier tipo o naturaleza jurídica, modificarlas, y asumir la administración de las mismas, cualquiera que sea su giro; (f) la compra, venta, cesión e inversión, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de instrumentos comerciales, financieros, títulos o valores mobiliarios y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías; y, (e) en general cualquier otra actividad que determinen los accionistas de común acuerdo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifica: por escritura pública otorgada con fecha 26 de enero de 2021, bajo el repertorio número 536/2021, ante mí, don JOSÉ JAVIER AYALA AVILÉS, constituye la sociedad por acciones denominada “INVERLUXE SpA” cuyo estatuto se extracta a continuación: Accionista: don José Javier Ayala Avilés. Nombre: El nombre de la Sociedad será “INVERLUXE SpA”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: (a) la compra, venta, arrendamiento, fabricación, elaboración, importación y exportación de bienes muebles, artículos, materias primas, productos semi-terminados y terminados, sean de procedencia nacional o extranjera, su distribución, comercialización y representación, ya sea por cuenta propia o ajena, en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle y, este último caso, en tiendas, almacenes, zonas francas y otros establecimientos similares de la Sociedad o de terceros; (b) ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad; (c) inversión de capitales en toda clase de bienes muebles o inmuebles, como derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; (d) administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, nacionales o extranjeras, de cualquier tipo o naturaleza jurídica, modificarlas, y asumir la administración de las mismas, cualquiera que sea su giro; (f) la compra, venta, cesión e inversión, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de instrumentos comerciales, financieros, títulos o valores mobiliarios y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías; y, (e) en general cualquier otra actividad que determinen los accionistas de común acuerdo. Capital: El capital asciende a la suma de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, suscrito y pagado en la forma indicada en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de enero de 2021.