INMOBILIARIA EL TRONCO SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de enero de 2021
- Notario
- Alejandro Américo Álvarez Barrera
- Oficio
- 41 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- La provincia de Santiago sobre la que tiene jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago
Objeto social
La Sociedad tiene por
Administración
Corresponderá a uno o más administradores, quienes actuarán conjunta o separadamente, según designe la Junta de Accionistas, en la forma que determine y con las facultades que establezca la Junta de Accionistas por el voto conforme de la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto, o por la unanimidad de los accionistas compareciendo sin forma de junta, mediante escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio y deberá anotarse al margen de la inscripción social. Los primeros administradores de la sociedad se designan en las normas transitorias de este estatuto. Artículo Segundo Transitorio: La administración y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de los siguientes administradores: Francisco Javier Alliende Cruz, cédula de identidad 17.179.107- 3; Nicolás Contreras González, cédula de identidad 18.024.748-3; Tomás Contreras González, cédula de identidad 17.084.843-8 y José Tomás Mardones Pérez, cédula de identidad 16.210.084-K
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlejandro Américo Álvarez Barrera, Notario Público suplente de la 41 Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago, certifica: En escritura pública de hoy, ante mí, ALIAS CAPITAL LIMITADA, Rut 76.148.187-8, Avenida Andrés Bello número 2687, piso 23, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituye sociedad por acciones. Razón social: INMOBILIARIA EL TRONCO SpA. Domicilio: La provincia de Santiago sobre la que tiene jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: a) La compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, loteo, subdivisión, construcción, edificación, urbanización, y cualquiera otra forma de explotación y administración de toda clase de bienes raíces, urbanos, o rurales por cuenta propia o ajena; b) El desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; invertir en acciones, bonos, debentures, cuotas en fondos mutuos, depósitos a plazo o la vista, títulos de crédito en general, como la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos. Capital: 1.000.000 de pesos dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración: Corresponderá a uno o más administradores, quienes actuarán conjunta o separadamente, según designe la Junta de Accionistas, en la forma que determine y con las facultades que establezca la Junta de Accionistas por el voto conforme de la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto, o por la unanimidad de los accionistas compareciendo sin forma de junta, mediante escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio y deberá anotarse al margen de la inscripción social. Los primeros administradores de la sociedad se designan en las normas transitorias de este estatuto. Artículo Segundo Transitorio: La administración y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de los siguientes administradores: Francisco Javier Alliende Cruz, cédula de identidad 17.179.107- 3; Nicolás Contreras González, cédula de identidad 18.024.748-3; Tomás Contreras González, cédula de identidad 17.084.843-8 y José Tomás Mardones Pérez, cédula de identidad 16.210.084-K. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de enero de 2021.