INGENIERA PATRICIA ALEJANDRA CUEVAS PEDREROS E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- 9 Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto abrir, administrar, operar y mantener establecimientos comerciales, la importación y exportación de bienes muebles, adquirir, enajenar y administrar bienes inmuebles, pudiendo ejecutar y celebrar todos los actos y contratos necesarios para desarrollar su actividad comercial, así como cualquier otro acto o contrato que sus socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la 9 Notaría de San Miguel, calle Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2020, comparecen ante mí: doña PATRICIA ALEJANDRA CUEVAS PEDREROS, don JOSÉ IGNACIO FERNÁNDEZ CUEVAS, y don JAVIER ALONSO FERNÁNDEZ CUEVAS, todos domiciliados para estos efectos en Avenida el Ventisquero número 1111, oficina 14, comuna de Renca, Región Metropolitana. Doña PATRICIA ALEJANDRA CUEVAS PEDREROS única y actual titular de la totalidad de los derechos en denominada “INGENIERA PATRICIA ALEJANDRA CUEVAS PEDREROS E.I.R.L”, inscrita a fojas 53.679, N° 37.272 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009, transformó la referida empresa individual de responsabilidad limitada en una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: doña PATRICIA ALEJANDRA CUEVAS PEDREROS, constituye sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: El nombre de la sociedad es “INVERSIONES E INGENIERÍA CUEVAS LIMITADA”. Duración: La Sociedad tendrá duración indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto abrir, administrar, operar y mantener establecimientos comerciales, la importación y exportación de bienes muebles, adquirir, enajenar y administrar bienes inmuebles, pudiendo ejecutar y celebrar todos los actos y contratos necesarios para desarrollar su actividad comercial, así como cualquier otro acto o contrato que sus socios acuerden. Capital: El capital de la sociedad, que se fijó en el artículo quinto de los Estatutos sociales en la cantidad de $10.000.000, moneda nacional, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) PATRICIA ALEJANDRA CUEVAS PEDREROS se obliga a enterar el equivalente al 70% del capital social, mediante el aporte de $7.000.000, que se enteran y pagan en la caja social en efectivo en este acto; B) JOSÉ IGNACIO FERNÁNDEZ CUEVAS se obliga a enterar el equivalente al 15% del capital social, mediante el aporte de $1.500.000 que se enteran y pagan a la caja social en efectivo en este acto; C) JAVIER ALONSO FERNÁNDEZ CUEVAS se obliga a enterar el equivalente al 15% del capital social, mediante el aporte de $1.500.000 que enteran y pagan a la caja social en efectivo en este acto. Por consiguiente, el capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración Social. El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a doña PATRICIA ALEJANDRA CUEVAS PEDREROS. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de enero de 2021.