IMPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y SERVICIOS ASTUR-CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de septiembre de 1998
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, Notario Titular de Viña del Mar, Arlegui 537, certifica, por escritura pública hoy ante mí, don RICARDO EUGENIO RIVERO RODRÍGUEZ y doña MARÍA CECILIA VELARDE OSTALÉ, ambos con domicilio en Avenida Calafquén 123, sitio 8, Los Pinos, Reñaca, Ciudad de Viña del Mar; y don ALEJANDRO ENRIQUE SÁNCHEZ VARGAS y doña SANDRA DANIELA LÓPEZ DÍAZ, ambos con domicilio en calle Lord Cochrane 470, Viña del Mar, modificaron sociedad de responsabilidad limitada IMPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y SERVICIOS ASTUR-CHILE LIMITADA, también denominada ASTUR-CHILE SERVICIOS LTDA., Rut 77.096.430-K, constituida por escritura pública de fecha 10 de septiembre de 1998, ante el Notario Interino de Valparaíso, don Carlos Swett Muñoz, cuyo extracto se inscribió a fojas 729 vuelta número 860 en Registro de Comercio del Conservador de Viña del Mar del año 1998, y publicado en el fecha 14 de febrero de 2000, otorgada ante el Notario Público Interino de Valparaíso, doña Marcela Tavolari Oliveros, cuyo extracto fue inscrito a fojas 177 vuelta número 213 en el Registro de Comercio del Conservador de Viña del Mar del año 2000, y publicado en el Diario Oficial con fecha 29 de febrero del mismo año, en los siguientes términos: a) Reemplazar el artículo primero por el siguiente: “PRIMERO: Por el presente instrumento, don ALEJANDRO ENRIQUE SÁNCHEZ VARGAS, y doña SANDRA DANIELA LÓPEZ DÍAZ, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, en conformidad a las prescripciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio, que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato”. b) Modificar el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos, el que es aportado por los socios en la siguiente forma: uno) don ALEJANDRO ENRIQUE SÁNCHEZ VARGAS, aporta la suma de siete millones de pesos, equivalentes al setenta por ciento de los derechos sociales, al contado y en dinero efectivo, los que ya han ingresado en arcas sociales; dos) doña SANDRA DANIELA LÓPEZ DÍAZ, aporta la suma de tres millones de pesos, equivalentes al treinta por ciento de los derechos sociales, al contado y en dinero efectivo, los que ya han ingresado en arcas sociales. Escritura de modificación formará parte integrante del pacto social que se modifica y éste continúa vigente en todo aquello que no ha sido modificado expresa o tácitamente por el presente instrumento. Demás estipulaciones escritura extractada. Viña del Mar, 12 de Enero 2021.