CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MJ BICICLETAS Y RODADOS SpA

CVE 1889962
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de enero de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
20 de enero de 2021
Repertorio
2479
Notario
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Oficio
42° Notaria

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será en la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será a) la Comercialización de bicicletas, accesorios, repuestos y toda clase de artículos deportivos; El desarrollo del deporte en sus diversas modalidades y manifestaciones, b) la reparación y mantención de bicicletas y c) La realización de cualquier actividad que tenga relación directa o indirecta con el giro de la sociedad

Administración

será ejercida por don sociedad será administrada y representada por los constituyentes y)o por uno o más gerentes generales y o administradores, los que serán designados o removidos por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto, en junta de accionistas, de lo que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública. Sin embargo, no se requerirá la celebración de la junta antedicha si la totalidad de los accionistas suscriben un documento, escritura pública o un instrumento privado protocolizado, en que conste la designación o remoción del gerente general o administrador. Un extracto del documento o del acta respectiva, según sea el caso, será inscrito y publicado en la forma establecida en el artículo cuatrocientos veintiséis inciso primero del Código de Comercio. La designación de gerente general o administrador podrá recaer en un accionista o en un tercero. La designación y o remoción del gerente general y o el administrador se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Publico Suplente, 42° Notaria, con oficio en calle Agustinas 1070 2° piso, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 20-01-2021, Repertorio N° 2479, ante ALVARO GONZALEZ SALINAS, don MARCO ALEXANDER SALCIDUA ROJAS, chileno, soltero, estudiante universitario, cédula nacional de identidad número diecinueve millones seiscientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y tres guión cinco, con domicilio para estos efectos Calle Luis Beltrán número dos mil ochenta y cinco, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y don JOSE ENRIQUE ALIAGA GAETE, chileno, soltero, factor de comercio, cedula nacional de identidad número quince millones trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos noventa y ocho guión siete, domiciliado de Delfos número mil ciento treinta y ocho, comuna de Recoleta, Region Metropolitana, se constituyó sociedad por acciones: Nombre: “MJ BICICLETAS Y RODADOS SpA” Nombre de Fantasía “ENTRECERROS SpA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será en la ciudad de Santiago. Objeto: El objeto de la sociedad será a) la Comercialización de bicicletas, accesorios, repuestos y toda clase de artículos deportivos; El desarrollo del deporte en sus diversas modalidades y manifestaciones, b) la reparación y mantención de bicicletas y c) La realización de cualquier actividad que tenga relación directa o indirecta con el giro de la sociedad. Capital: Será de $1.000.000.- de pesos. dividido y representado en 100 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, que deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21-01-2021, Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida, a contar de la fecha de la suscripción de la presente escritura, Administración: será ejercida por don sociedad será administrada y representada por los constituyentes y/o por uno o más gerentes generales y o administradores, los que serán designados o removidos por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto, en junta de accionistas, de lo que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública. Sin embargo, no se requerirá la celebración de la junta antedicha si la totalidad de los accionistas suscriben un documento, escritura pública o un instrumento privado protocolizado, en que conste la designación o remoción del gerente general o administrador. Un extracto del documento o del acta respectiva, según sea el caso, será inscrito y publicado en la forma establecida en el artículo cuatrocientos veintiséis inciso primero del Código de Comercio. La designación de gerente general o administrador podrá recaer en un accionista o en un tercero. La designación y o remoción del gerente general y o el administrador se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 21-01-2021.