SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE ARTICULOS DE ASEO Y ENVASADORA DE CERAS Y DETERGENTES LLABRES Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 26225-2020
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Domicilio
- don FELIX JARA CADOT
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público Suplente de don FELIX JARA CADOT, titular de la 41ª Notaría de Santiago, Huérfanos Nº1160, subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2020, repertorio Nº26.225-2020, ante mí: don Arturo Juan Llabres Díaz; doña Nadia Fernanda Llabres Celis; don Arturo Andrés Llabres Celis; y doña Raquel de las Nieves Celis Silva, todos mayores de edad y domiciliados para estos efectos en calle Alsino número cuatro mil novecientos cincuenta, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada “SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE ARTICULOS DE ASEO Y ENVASADORA DE CERAS Y DETERGENTES LLABRES Y COMPAÑÍA LIMITADA”, constituida por escritura pública 16 de Septiembre 2014 otorgada notaría Eulogio Baeza Gutierrez, extracto inscrito Registro de Comercio Santiago 2014, fojas 71245 N° 43408, sentido:1) doña Nadia Fernanda Llabres Celis cede y transfiere derechos a don Arturo Andrés Llabres Celis equivalentes 8% de la totalidad de los derechos sociales en $6.400.000; 2) Modifican cláusula quinta, de los estatutos en lo relativo al Capital Social y plazo para enterar el Aporte de Capital comprometido la que se reemplaza por la siguiente: “QUINTA: El capital social es la suma de ochenta millones de pesos, cantidad que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: don Arturo Juan Llabres Díaz la suma de cuarenta millones de pesos correspondientes al cincuenta por ciento de los derechos en la sociedad, que aporta y paga de la siguiente manera: a) veintisiete millones doscientos mil pesos aportados con anterioridad a este acto y en dinero en efectivo ingresados oportunamente a la caja social, y b) el saldo de doce millones ochocientos mil pesos que pagará en la medida que las necesidades sociales así lo requieran; doña Nadia Fernanda Llabres Celis con la suma de seis millones cuatrocientos mil pesos, correspondientes al ocho por ciento de los derechos en la sociedad, que aportará y pagará en la medida que las necesidades sociales así lo requieran; don Arturo Andrés Llabres Celis con la suma de seis millones cuatrocientos mil pesos, correspondientes al ocho por ciento de los derechos en la sociedad, que aportará y pagará en la medida que las necesidades sociales así lo requieran y doña Raquel de Las Nieves Celis Silva con la suma de veintisiete millones doscientos mil pesos que aporta y paga de la siguiente manera: a) la suma de seis millones de pesos aportados con anterioridad a este acto y en dinero en efectivo ingresados oportunamente a la caja social, y b) el saldo de veintiún millones doscientos mil pesos que pagará en la medida que las necesidades sociales así lo requieran.”. Otras disposiciones en escritura extractada.- AAB/NPS