CONSULTORA KNOWLEDGE WORKS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de enero de 2021
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 41147 del 2 de mayo de 2015
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49° Notaria de Santiago, con domicilio en calle Hermanos Amunategui N° 391, local 1, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana: certifico: Mediante Escritura Pública de fecha 05 de enero de 2021, ante Notario Público Suplente don SERGIO UDANIEL ULLOA OJEDA, don JORGE MARTINEZ ALDANONDO, don FRANCISCO JAVIER MARTINEZ ALDANONDO y don FRANCISCO JAVIER ESPINOSA AZOCAR, todos domiciliados para estos efectos en calle Huérfanos Nº 1.373, oficina 1.209, Comuna y ciudad de Santiago, modifican sociedad de responsabilidad limitada CONSULTORA KNOWLEDGE WORKS LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 17/04/2015, ante el Notario Público de Santiago, doña Myriam Amigo Arancibia, con oficio en calle Miraflores N°169, Comuna de Santiago, inscrita a fojas 31.805 número 18.811 el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2.015, publicada en el Diario Oficial Nº 41.147 de fecha 02/05/2015. Modificación consiste: JORGE MARTINEZ ALDANONDO y don FRANCISCO JAVIER MARTINEZ ALDANONDO, ceden y transfieren, cada uno, el 10% de los derechos sociales que les corresponden en la sociedad individualizada a don FRANCISCO JAVIER ESPINOSA AZOCAR, quien acepta y adquiere para sí el 20% de los derechos sociales en la sociedad. Los derechos sociales cedidos son pagados con la suma de $1.000.000, que se pagan a los cedentes al contado y en dinero efectivo. Quedando como únicos socios don JORGE MARTINEZ ALDANONDO con el 40% de los derechos sociales, don FRANCISCO JAVIER MARTINEZ ALDANONDO con el 40% de los derechos sociales y FRANCISCO JAVIER ESPINOSA AZOCAR, ALDANONDO con el 20% de los derechos sociales de CONSULTORA KNOWLEDGE WORKS LIMITADA, respectivamente. Que en virtud de ello vienen en modificar la cláusula quinta del pacto social en el sentido que la administración y el uso de la razón social también le corresponderá a don FRANCISCO JAVIER ESPINOSA AZOCAR, en la misma forma y con las mismas facultades contenidas en dicha cláusula. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de enero de 2021.