SOCIEDAD CIRUGÍA MAXILOFACIAL Y ESTÉTICA IBELLE SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de enero de 2021
- Notario
- RUBEN REINOSO HERRERA
- Oficio
- 4ta Notaría La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Domicilio
- - El domicilio de la sociedad será la cuidad de LA SERENA
- Duración
- Indefinida
Objeto social
- La Sociedad tendrá por objeto la prestación, utilizando recursos propios o ajenos, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles, en la prestación de servicios profesionales mediante la atención médica de pacientes particulares o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales; en clínicas, hospitales, consultas, propias o ajenas, en la especialidad de la odontología y todo lo derivado o relacionado, en la actualidad o en el futuro, con esta, en forma directa o mediante convenios, sea particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado y, en general, la ejecución de todas las actividades conducentes a la realización de los fines antes mencionados. Para estos efectos, podrá /a) Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b) Invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; c) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; /e) Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f) Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g) Administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h) Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios; y /j) En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto Social sin limitaciones de especie alguna
Administración
- La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don HERIBERTO ANTONIO VARGAS CRISOSTOMO, en adelante también el “Administrador”, o a cualquier representante legal de dicho accionista, quién tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el Artículo Cuarenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis que otorga facultades al directorio de una sociedad anónima y las ejercerá personalmente, a través de sus mandatarios habituales o a través de aquellos mandatarios que designe especialmente para tal efecto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBEN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público titular, 4ta Notaría La Serena, Cordovez 405, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don HERIBERTO ANTONIO VARGAS CRISOSTOMO, chileno, cirujano dentista, casado, cédula nacional de identidad número 10.658.306-4, domiciliado para estos efectos en Avenida El Santo 1646, piso 2, La Serena, Región de Coquimbo, constituyó una sociedad por acciones denominada: "SOCIEDAD CIRUGÍA MAXILOFACIAL Y ESTETICA IBELLE SpA”. Objeto.- La Sociedad tendrá por objeto la prestación, utilizando recursos propios o ajenos, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles, en la prestación de servicios profesionales mediante la atención médica de pacientes particulares o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales; en clínicas, hospitales, consultas, propias o ajenas, en la especialidad de la odontología y todo lo derivado o relacionado, en la actualidad o en el futuro, con esta, en forma directa o mediante convenios, sea particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado y, en general, la ejecución de todas las actividades conducentes a la realización de los fines antes mencionados. Para estos efectos, podrá /a/ Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b/ Invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; c) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; /e/ Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f/ Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g/ Administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h/ Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios; y /j/ En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto Social sin limitaciones de especie alguna.- Capital.- El capital de la Sociedad es la suma de UN MILLÓN DE PESOS, dividido en CIEN ACCIONES ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se suscribe y que se paga. El accionista don HERIBERTO ANTONIO VARGAS CRISOSTOMO, suscribe y paga cien acciones, lo que corresponde al total de las mismas, y entera y paga en este acto, mediante aporte en dominio, la suma de un millón de pesos, declarando la sociedad SOCIEDAD QUIRÚRGICA ODONTOLOGICA SpA, recibir dicha cantidad en dinero efectivo a su entera satisfacción. De conformidad con lo anterior, el capital social de un millón de pesos, dividido en cien acciones, todas nominativas de igual valor y sin valor nominal, ha quedado íntegramente suscrito y pagado. Domicilio.- El domicilio de la sociedad será la cuidad de LA SERENA, sin perjuicio de las sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o en el extranjero. Vigencia.- La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración indefinida. Administración.- La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don HERIBERTO ANTONIO VARGAS CRISOSTOMO, en adelante también el “Administrador”, o a cualquier representante legal de dicho accionista, quién tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el Artículo Cuarenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis que otorga facultades al directorio de una sociedad anónima y las ejercerá personalmente, a través de sus mandatarios habituales o a través de aquellos mandatarios que designe especialmente para tal efecto.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. La Serena, 26 de Enero de 2021.