MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LOS NOGALES LIMITADA

RUT 76792880-7 CVE 1888758
Fecha instrumento
4 de enero de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de enero de 2021
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La realización de asesorías y consultoría en temas económicos, financieros y gestión; b)Efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y en general, todo tipo de instrumentos financieros, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; c) Crear, financiar, promover y administrar, ya sea por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; d) Realizar toda clase de negocios rentísticos; e) Percibir e invertir los frutos de las inversiones; f) Arrendar y gravar bienes raíces y realizar la venta de cualquier bien inmueble; y g) En general, todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con el

Administración

La representación, administración y uso de la razón social, corresponderá separada e indistintamente, a don JORGE EDUARDO NAHUM CHLIPALSKI y a don MICHEL AFIF NAHUM CHLIPALSKI, radicando la administración y representación absoluta en cualquiera de ellos en el caso de fallecimiento del otro; quienes actuarán en nombre de la sociedad, con amplias facultades de acuerdo a lo señalado en la escritura extractada

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES LOS NOGALES LIMITADA socio 76792880-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco Nº0153, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública con fecha de hoy, ante mí, don JORGE EDUARDO NAHUM CHLIPALSKI, C.I.N°10.248.617-K, don MICHEL AFIF NAHUM CHLIPALSKI, C.I.N°10.248.616-1, doña MARIE MADELEINE NAHUM CHLIPASKI, C.I.N°15.364.220-6 y doña MARÍA FRANCISCA NAHUM CHLIPASKI, C.I.N°15.934.776-1, todos domiciliados, para estos efectos en calle Doctor Raimundo Charlin 723, comuna de Recoleta, Región Metropolitana; en sus calidades de únicos y actuales socios de INVERSIONES LOS NOGALES LIMITADA, RUT N°76.792.880-7, inscrita a fojas 38.176 número 27.382 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007, efectuaron modificación social de la misma, en la siguiente forma: A) División de la Sociedad: La unanimidad de los socios acordó dividir la sociedad INVERSIONES LOS NOGALES LIMITADA, en dos compañías, una de las cuales será la continuadora legal de la actual, con su misma razón social y personalidad jurídica, y una segunda sociedad, que nace producto de la división de la actual sociedad, que será una sociedad por acciones y girará bajo la razón social “LOS ALPES SpA”. La división de la sociedad se realizará con vigencia y efectos al 04 de enero de 2021. Los socios de la sociedad que se divide lo serán también accionistas, con misma participación en el capital, de la sociedad que nace producto de la división. B) Disminución de Capital: La unanimidad de los socios acordó disminuir el capital de la sociedad INVERSIONES LOS NOGALES LIMITADA, por efecto y a consecuencia de la división, conviniendo modificar el artículo quinto referente al capital y los aportes, cuyo texto se sustituye íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: DEL CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de un millón trescientos catorce mil seiscientos cincuenta y nueve pesos, que los socios han aportado y enterado completamente en las siguientes proporciones: a) don JORGE EDUARDO NAHUM CHLIPALSKI, aportó la suma de trescientos noventa y cuatro mil trescientos noventa y ocho pesos que equivalen al treinta por ciento del capital social, los cuales fueron enterados con anterioridad a esta fecha; b) don MICHEL AFIF NAHUM CHLIPALSKI, aportó la suma de trescientos noventa y cuatro mil trescientos noventa y ocho pesos, que equivalen al treinta por ciento del capital social, los cuales fueron enterados con anterioridad a esta fecha; Tres) doña MARIE MADELEINE NAHUM CHLIPASKI, aportó la suma de doscientos sesenta y dos mil novecientos treinta y dos pesos, que equivalen al veinte por ciento del capital social, los cuales fueron enterados con anterioridad a esta fecha; y Cuatro) doña MARÍA FRANCISCA NAHUM CHLIPASKI, aportó la suma de doscientos sesenta y dos mil novecientos treinta y dos pesos, que equivalen al veinte por ciento del capital social, los cuales fueron enterados con anterioridad a esta fecha;“ C) Se aprueban los estatutos de la sociedad constituida con motivo de la división, cuyos accionistas, don JORGE EDUARDO NAHUM CHLIPALSKI, C.I.N°10.248.617-K, don MICHEL AFIF NAHUM CHLIPALSKI, C.I.N°10.248.616-1, doña MARIE MADELEINE NAHUM CHLIPASKI, C.I.N°15.364.220-6 y doña MARÍA FRANCISCA NAHUM CHLIPASKI, C.I.N°15.934.776-1, todos domiciliados, para estos efectos en calle Doctor Raimundo Charlin 723, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, acordaron lo que a continuación se extracta: Razón Social: “LOS ALPES SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La realización de asesorías y consultoría en temas económicos, financieros y gestión; b)Efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y en general, todo tipo de instrumentos financieros, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; c) Crear, financiar, promover y administrar, ya sea por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; d) Realizar toda clase de negocios rentísticos; e) Percibir e invertir los frutos de las inversiones; f) Arrendar y gravar bienes raíces y realizar la venta de cualquier bien inmueble; y g) En general, todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: El capital inicial de la sociedad será la suma de seiscientos ochenta y cinco mil trescientos cuarenta y un pesos dividido en mil acciones nominativas, el cual fue suscrito y pagado en su totalidad por los accionistas de la siguiente manera: a) don JORGE EDUARDO NAHUM CHLIPALSKI, suscribió la cantidad de trescientas acciones equivalentes a la suma de doscientos cinco mil seiscientos dos pesos, que representan un treinta por ciento del capital social, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; b) don MICHEL AFIF NAHUM CHLIPALSKI, suscribió la cantidad de trescientas acciones equivalentes a la suma de doscientos cinco mil seiscientos dos pesos, que representan un treinta por ciento del capital social, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; Tres) doña MARIE MADELEINE NAHUM CHLIPASKI, suscribió la cantidad de doscientas acciones equivalentes a la suma de ciento treinta y siete mil sesenta y ocho pesos, que representan un veinte por ciento del capital social, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y Cuatro) doña MARÍA FRANCISCA NAHUM CHLIPASKI, suscribió la cantidad de doscientas acciones equivalentes a la suma de ciento treinta y siete mil sesenta y nueve pesos, que representan un veinte por ciento del capital social, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha. Administración: La representación, administración y uso de la razón social, corresponderá separada e indistintamente, a don JORGE EDUARDO NAHUM CHLIPALSKI y a don MICHEL AFIF NAHUM CHLIPALSKI, radicando la administración y representación absoluta en cualquiera de ellos en el caso de fallecimiento del otro; quienes actuarán en nombre de la sociedad, con amplias facultades de acuerdo a lo señalado en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 04 de enero de 2021.