INMOBILIARIA DECAR II LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de noviembre de 2020
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- 40° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $36.838 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES PILLANMAHUIDA LIMITADA | socio | 52002968-0 | — | — | |
| SOCIEDAD COMERCIAL E INVERSIONES BARRIO INGLÉS S.A | socio | 76157778-6 | — | — | |
| INMOBILIARIA DECAR II LIMITADA | socio | 77213844-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, abogado, Notario Público de la 40° Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos N° 332, Comuna de Santiago, certifico: Por escritura hoy ante mí, a) la sociedad INVERSIONES PILLANMAHUIDA LIMITADA, Rol Único Tributario N° 52.002.968-0, debidamente representada según se acreditará, por don FELIPE IGNACIO DE VIDTS SABELLE, cédula de identidad N° 9.975.830-9; y, b) la SOCIEDAD COMERCIAL E INVERSIONES BARRIO INGLÉS S.A., Rol Único Tributario N° 76.157.778-6, debidamente representada, por don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, cédula de identidad N° 8.514.215-1; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Nueva Tajamar número cuatrocientos ochenta y uno, oficina seiscientos siete Torre Sur, World Trade Center, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron las siguientes modificaciones de la sociedad INMOBILIARIA DECAR II LIMITADA, Rol Único Tributario N°: 77.213.844-K, Capital: $36.838: I. Aumento de Capital: Los únicos y actuales socios de la sociedad INMOBILIARIA DECAR II LIMITADA, acuerdan aumentar el capital social, que asciende a la suma de $36.838, a total de $1.964.701.408. El referido aumento de capital fue enterado en la forma indicada en escritura extractada. II. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: Como consecuencia del aumento de capital, los actuales y únicos socios de la sociedad INMOBILIARIA DECAR II LIMITADA, acuerdan modificar, reemplazar y sustituir el actual Artículo Cuarto del pacto social relativo al capital, la que queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de mil novecientos sesenta y cuatro millones setecientos un mil cuatrocientos ocho pesos, el que fue aportado en la siguiente forma y proporción: a) La sociedad INVERSIONES PILLANMAHUIDA LIMITADA, quien aportó la suma de novecientos ochenta y dos millones trescientos cincuenta mil setecientos cuatro pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, de la siguiente manera: i. Con la suma de dieciocho mil cuatrocientos diecinueve pesos, con anterioridad a esta fecha; ii. Con la suma de novecientos ochenta y dos millones trescientos treinta y dos mil doscientos ochenta y cinco pesos, a través de la capitalización de una cuenta por cobrar en contra de INMOBILIARIA DECAR II LIMITADA; y, b) SOCIEDAD COMERCIAL E INVERSIONES BARRIO INGLÉS S.A., quien aportó la suma de novecientos ochenta y dos millones trescientos cincuenta mil setecientos cuatro pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, de la siguiente manera: i. Con la suma de dieciocho mil cuatrocientos diecinueve pesos, con anterioridad a esta fecha; ii. Con la suma de novecientos ochenta y dos millones trescientos treinta y dos mil doscientos ochenta y cinco pesos, a través de la capitalización de una cuenta por cobrar en contra de INMOBILIARIA DECAR II LIMITADA”. Los comparecientes dejan constancia que en todo lo no modificado por este instrumento, quedan plenamente vigentes y sin modificar los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada INMOBILIARIA DECAR II LIMITADA. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 30 de noviembre de 2020. ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público.