MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTE INTERNACIONAL MOSCA & MOSCA LIMITADA

RUT 76230513-5 CVE 1887591
Capital
$6.000 CLP
Fecha instrumento
10 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de diciembre de 2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MOSCA LIMITADA socio 76230513-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, Entrepiso, certifica:- Por escritura de fecha 10 de Diciembre de 2020, ante Mi suplente CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, comparecieron: MARCOS LUIS MOSCA BUVINIC, LUIS ALEJANDRO MOSCA, y doña MARIA SOLEDAD MOSCA BUVINIC, todos domiciliados en Carretera General San Martin N° 1545, Rinconada, Comuna Los Andes, de paso en ésta, modificaron TRANSPORTE INTERNACIONAL MOSCA & MOSCA LIMITADA, RUT: 76.230.513-5, inscrita a fojas 51229 No. 35.922 Registro de Comercio de Santiago, año 2012, Capital: $6.000.000; en el sentido que, el socio LUIS ALEJANDRO MOSCA, se retira de la sociedad y vende cede y transfiere, el total de sus derechos sociales, que ascienden al 20% del total de los derechos sociales, a MARIA SOLEDAD MOSCA BUVINIC, quien compra, adquiere y acepta para sí, en $600.000, que la cesionaria paga en acto firma escritura, al contado, declarando el cedente haber recibido conforme y a su entera satisfacción; MARCOS LUIS MOSCA BUVINIC, dueño del 80% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a doña MARIA SOLEDAD MOSCA BUVINIC, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 22,5% del total de los derechos sociales, en $1.000.000, que la cesionaria paga en acto firma escritura, al contado, declarando el cedente haber recibido conforme y a su entera satisfacción, quedando reunidos el total de los derechos sociales con sigue: MARCOS LUIS MOSCA BUVINIC con 57,5% del total de los derechos sociales, y MARIA SOLEDAD MOSCA BUVINIC con el 42,5% del total de los derechos sociales, quienes modifican el pacto social, en el sentido que la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios indistinta y separadamente, quienes dispondrán de todas y cada una de las facultades enumeradas en el contrato social primitivo.- En todo lo no modificado mediante el presente instrumento, continua vigente el pacto social primitivo.- SANTIAGO, 15 de Enero de 2.021.-