MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES Y ASESORÍAS DOMEY LIMITADA

RUT 76787980-6 CVE 1887936
Capital
$126.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2020
Notario
Humberto Enrique Mira Gazmuri
Oficio
29° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$126.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Humberto Enrique Mira Gazmuri, Notario Público Interino de la 29° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Mac Iver 225, oficina 302, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2020, ante mí, Francisco Javier Eyzaguirre Baraona, Carmen Gloria Domínguez Errázuriz, Francisco Javier, María Catalina, Juan Andrés, José Antonio, Carmencita, María Paz y María Trinidad, todos los últimos de apellidos Eyzaguirre Domínguez, con domicilio en Camino Las Hualtatas N° 4.270, comuna de Lo Barnechea, Santiago, acordaron modificar los estatutos de la sociedad “INVERSIONES Y ASESORÍAS DOMEY LIMITADA”, inscrita a Fojas 98 vuelta Número 80 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rengo correspondiente al año 2006, en adelante la “Sociedad”, en el sentido de aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $126.000.000 a la suma de $144.753.000, esto es, en la suma de $18.753.000, monto íntegramente enterado y pagado, en dinero efectivo y por partes iguales, por Carmencita Eyzaguirre Domínguez, María Paz Eyzaguirre Domínguez y Trinidad Eyzaguirre Domínguez, aportando cada una de ellas la suma de $6.251.000, quienes se incorporan a la Sociedad. Para reflejar dicho aumento de capital en los estatutos de la Sociedad, los socios acordaron, por unanimidad, modificar el artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad reemplazándolo por el siguiente nuevo texto: “Artículo Sexto: El capital de la Sociedad es la suma de ciento cuarenta y cuatro millones setecientos cincuenta y tres mil pesos, que se ha enterado y pagado por los socios, según se indica a continuación: i) don Francisco Javier Eyzaguirre Baraona ha enterado y pagado la suma de cincuenta millones diez mil pesos, equivalente al treinta y cuatro coma quinientos cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagados e integrados en dinero en efectivo en la caja social; ii) doña Carmen Gloria Domínguez Errázuriz ha enterado y pagado la suma de cincuenta millones novecientos ochenta y seis mil pesos, equivalente al treinta y cinco coma doscientos veintitrés por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagados e integrados en dinero en efectivo en la caja social; iii) Francisco Javier Eyzaguirre Domínguez ha enterado y pagado la suma de seis millones doscientos cincuenta y un mil pesos, equivalente al cuatro coma trescientos dieciocho por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagados e integrados en dinero en efectivo en la caja social; iv) María Catalina Eyzaguirre Domínguez ha enterado y pagado la suma de seis millones doscientos cincuenta y un mil pesos, equivalente al cuatro coma trescientos dieciocho por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagados e integrados en dinero en efectivo en la caja social; v) Juan Andrés Eyzaguirre Domínguez ha enterado y pagado la suma de seis millones doscientos cincuenta y un mil pesos, equivalente al cuatro coma trescientos dieciocho por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagados e integrados en dinero en efectivo en la caja social; vi) José Antonio Eyzaguirre Domínguez ha enterado y pagado la suma de seis millones doscientos cincuenta y un mil pesos, equivalente al cuatro coma trescientos dieciocho por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagados e integrados en dinero en efectivo en la caja social; vii) Carmencita Eyzaguirre Domínguez ha enterado y pagado la suma de seis millones doscientos cincuenta y un mil pesos, equivalente al cuatro coma trescientos dieciocho por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagados e integrados en dinero en efectivo en la caja social; viii) María Paz Eyzaguirre Domínguez ha enterado y pagado la suma de seis millones doscientos cincuenta y un mil pesos, equivalente al cuatro coma trescientos dieciocho por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagados e integrados en dinero en efectivo en la caja social; y ix) Trinidad Eyzaguirre Domínguez ha enterado y pagado la suma de seis millones doscientos cincuenta y un mil pesos, equivalente al cuatro coma trescientos dieciocho por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagados e integrados en dinero en efectivo en la caja social”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes en todas sus partes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para requerir las inscripciones, publicaciones y anotaciones que fueren procedentes en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo y para efectuar todos los demás trámites relacionados con su legalización. Humberto Enrique Mira Gazmuri. Notario Público Interino. Santiago, 30 de diciembre de 2020.