Distribuidora e Importadora Precio Justo SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2020
- Notario
- dentidad Número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guión dos
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Cédula de Identidad Número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guión dos, Notario Público Titular, de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores Nº178 piso 5, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 4 de marzo de 2020 LUISA ANGELA YEGRES GONZALEZ y MAURICIO IVAN ERIK BUSTOS MUÑOZ, de conformidad artículo 427 del Código de Comercio y artículo 8º pacto social, modificaron sociedad por acciones. “DISTRIBUIDORA E IMPORTADORA PRECIO JUSTO SpA”, inscrita en extracto a fojas 2.715 número 959 Reg. Comercio Conservador Bienes Raíces de Talca correspondiente año 2018. Modificación consiste en reemplazo del artículo cuarto del estatutos social relativo al objeto social por el siguiente: “Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: a) la distribución, compra, venta, comercialización, importación, por cuenta propia o ajena de toda clase de artículos de perfumería, cosmética, higiene y menaje en general; b) la distribución, compra, venta, comercialización e importación de productos, materiales y artículos de camping, ferretería, herramientas, electrónica, aseo, maquinarias de uso industrial y afines; c) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y fondos, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, en Chile o el extranjero, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, la intermediación en la compra y venta de bienes raíces propios y de terceros; e) formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas; f) la explotación por cuenta propia y/o ajena de establecimientos de comercio dedicados al rubro gastronómico, en especial, restaurantes, salones de té, cafetería, heladería, confitería, bebidas y similares; g) la prestación de servicios gastronómicos por cuenta propia o ajena, en especial, la fabricación, elaboración y suministro de alimentos y bebidas, de servicios de lunch, refrigerios, comidas y bebidas directamente al público, a hoteles, comedores de industrias, comercios y empresas o a terceros que presten esos servicios; h) la organización o provisión de estos servicios en fiestas, eventos y reuniones de toda índole; i) la provisión de “catering” gastronómico; j) el otorgamiento de licencias para producir o expedir alimentos y servicios bajo los nombres o las modalidades que desarrolle y se reserve la empresa; k) la prestación de esos servicios mediante concesión o adjudicación en hoteles, empresas, clubes y cualquier entidad pública o privada; l) realizar por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros actividades de fabricación y elaboración de todo tipo de productos de panificación por horno, como todos los tipos de panes conocidos o que pudieran surgir en el futuro; m) la fabricación o elaboración de todo tipo de pastas frescas o secas; n) la elaboración de postres, dulces, masas, pasteles, y especialidades de confitería y pastelería; ñ) la importación, exportación, compra, venta, por mayor o por menor, de alimentos y bebidas; o) el asesoramiento, consultoría, organización y enseñanza en materia gastronómica, y p) cualquier otra actividad que, vinculada o no con el objeto social, acuerden los accionistas reunidos en Junta Extraordinaria, citada al efecto.”Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 4 de marzo de 2020.