TRANSPORTES JUAN ITURRA & HIJO SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de enero de 2021
- Notario
- MIGUEL CHACON ZEBALLOS
- Domicilio
- titular don Ernesto Montoya Peredo
Sociedad
- Domicilio
- Rancagua
- Duración
- Indefinida
Objeto social
“: “El objeto de la sociedad será el siguiente: a) El transporte terrestre de pasajeros, nacional e internacional, en todas sus modalidades, por cuenta propia o ajena; cualquier otro negocio o actividad comercial relacionada directa o indirectamente con el giro anterior, que los socios acuerden, incluyendo la participación de la sociedad como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, que los socios de común acuerdo determinen, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMIGUEL CHACON ZEBALLOS, Abogado, Notario Público Suplente del titular don Ernesto Montoya Peredo, con oficio en calle Campos 377 de Rancagua, certifico: Por escritura de fecha 08 de Enero de 2021, ante el Notario Titular; don JUAN CARLOS ITURRA NÚÑEZ, cédula nacional de identidad número 5.786.186-0, domiciliado en calle Viena trescientos treinta y cuatro, Población Los Alpes, comuna Rancagua, Sexta Región, y don PAULO RODRIGO ITURRA FUENZALIDA, chileno, casado con separación de bienes, ingeniero comercial, domiciliado en Avenida Quilin Norte número ocho mil ciento diecinueve, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, de paso en ésta, con cédula nacional de identidad N° 10.967.741-8, constituyeron sociedad por acciones razón social “ “ TRANSPORTES JUAN ITURRA & HIJO SpA”.-Duración: Indefinida.- Objeto: “: “El objeto de la sociedad será el siguiente: a) El transporte terrestre de pasajeros, nacional e internacional, en todas sus modalidades, por cuenta propia o ajena; cualquier otro negocio o actividad comercial relacionada directa o indirectamente con el giro anterior, que los socios acuerden, incluyendo la participación de la sociedad como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, que los socios de común acuerdo determinen, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales.. Capital: El capital de la sociedad es la suma de sesenta millones de pesos dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión.- Domicilio: Rancagua. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 19 de Enero de 2021.