MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

RAAK Inversiones Sport SpA

RUT 76421615-6 CVE 1886312
Capital
$141.155.955 CLP
Fecha instrumento
14 de enero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de enero de 2021
Repertorio
847-2021
Notario
JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO
Domicilio
don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$141.155.955 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, Notario Público Suplente de don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la 8ª Notaría Santiago, calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, CERTIFICO: por escritura pública de fecha 14 de enero de 2021, Repertorio N°847-2021, ante mí, se redujo a escritura pública acta de junta extraordinaria de accionistas de la sociedad RAAK Inversiones Sport SpA (la “Sociedad”), cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito a fojas 21.951 número 13.125 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Santiago correspondiente al año 2015 en la que sus accionistas Riesco Trader SpA, MF Inversiones y Rentas SpA y Wanderlust SpA, representantes del 100% de las acciones suscritas con derecho a voto de la Sociedad, acordaron modificar los estatutos sociales, acordando, entre otras materias: i) Aumentar el capital social en $141.155.955.-, esto es, de la suma de $95.000.000.- dividido en 1.942 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a la cantidad de $236.155.955.-, dividido en 10.000 acciones de las mismas características, mediante la emisión de 8.058 nuevas acciones de pago, también de las mismas características anteriores; ii) Modificar los Artículos Cuarto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, remplazándolos íntegramente por los siguientes: “ARTÍCULO CUARTO. El capital de la sociedad es la suma de doscientos treinta y seis millones ciento cincuenta y cinco mil novecientos cincuenta y cinco pesos, dividido en diez mil acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes. El capital de la Sociedad se suscribe y paga de conformidad al artículo primero transitorio”; y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital de la Sociedad, ascendente a la suma de doscientos treinta y seis millones ciento cincuenta y cinco mil novecientos cincuenta y cinco, dividido en diez mil acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, se ha suscrito y pagado y se suscribirá y pagará de la siguiente forma: (a) con la suma de noventa y cinco millones de pesos representativos de mil novecientos cuarenta y dos acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en dinero efectivo con anterioridad a la fecha de la junta extraordinaria de accionistas celebrada el catorce de enero de dos mil veintiuno; y (b) con la suma de ciento cuarenta y un millones ciento cincuenta y cinco mil novecientos cincuenta y cinco pesos representativos de ocho mil cincuenta y ocho acciones, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, acordadas emitir de acuerdo al aumento de capital acordada por la junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad celebrada con fecha catorce de enero de dos mil veintiuno, todas las cuales deberán ser suscritas y pagadas en el plazo de doce meses contados desde dicha junta, en dinero efectivo o mediante la capitalización de créditos en contra de la Sociedad aprobados por dicha junta”; y iii) Aumentar los integrantes del directorio de la Sociedad, pasando a estar compuesto por 5 integrantes. Se deja constancia que el monto al que asciende el capital suscrito y pagado de la Sociedad corresponde a la suma de $95.000.000.-, dividido en 1.942 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal. En consecuencia, se encuentra pendiente de suscripción y de pago la cantidad de $141.155.955.-, dividido en 8.058 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, las que suscribirán y pagarán en el plazo máximo de 12 meses a contar de la fecha de la junta de accionistas celebrada el día 14 de enero de 2021. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de enero de 2021.