NUTREX SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 20653-2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.430.622 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA JOSÉ BRAVO CRUZ, Suplente EDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34 Notaría Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifica: Con fecha 31 de diciembre de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública, repertorio 20.653-2020, acta de junta extraordinaria de accionistas de 30 de diciembre de 2020 de la sociedad NUTREX SpA (la “Junta”), inscrita a fojas 66.102, N° 40.371, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014 (la “Sociedad”), en la que se acordó: i) aumentar el capital de la Sociedad y la creación de una nueva serie de acciones, designadas como “Serie B”, de forma tal que el mismo aumentase de la suma de US$2.430.622,23-, equivalente a $1.728.755.754 pesos, dividido en 20.000 acciones, todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de US$2.436.262,23.-, equivalente a $1.732.767.147, dividido en 25.640 acciones todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, estando 20.000 de ellas asignadas a la Serie A o Acciones Ordinarias y 5.640 de ellas asignadas a la Serie B creada en la Junta. El capital se suscribe y paga de la siguiente forma: /i.i/ 10.000 acciones Serie A íntegramente suscritas y pagadas según lo acordado en la escritura de constitución de la Sociedad de fecha veinticinco de agosto de dos mil catorce otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Zaldívar Mackenna; /i.ii/ 10.000 acciones Serie A íntegramente suscritas y pagadas según acuerdo adoptado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha veintiséis de agosto de dos mil dieciséis; y /i.iii/ 5.640 acciones Serie B que se pagarán conforme lo determine el directorio de la Sociedad en el plazo máximo de un año desde el día 30 de diciembre de 2020, según acuerdo adoptado en la Junta; y ii) reemplazar íntegramente el artículo quinto y el artículo segundo transitorio de los estatutos de la Sociedad, para reflejar el acuerdo anterior. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de enero de 2021.