INVERSIONES Y ASESORIAS LAGOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años contados desde la fecha escritura y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años, manera indicada escritura
Objeto social
La sociedad tiene por objeto realizar en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: i) La inversión en actividades productoras de renta así como en la compra y venta de toda clase de bienes corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, títulos de crédito, bonos o debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y en cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, nominativos o al portador, efectos de comercio, marcas comerciales, licencias y concesiones; la compra, venta y disposición de dichos bienes así como de cualquier otro bien mueble y)o raíz, derechos e inversiones, como por ejemplo compra de acciones o derechos en sociedades; ii) Administrar las inversiones antes señaladas y la percepción de sus frutos y rentas; iii) Gestión inmobiliaria; iv) En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen y que sean conducentes al cumplimiento del
Administración
Corresponderá indistinta, individual e independientemente a los socios, quienes anteponiendo su firma a la razón social la representarán con las más amplias facultades, detalladas pacto social. Responsabilidad: Limitada hasta el monto de sus respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMURIEL TAPIA URIBE, Abogado, Suplente del Notario Público Titular 67 Notaría de Santiago, SERGIO JARA CATALÁN, Av. Príncipe de Gales 5841, La Reina, certifico por escritura pública hoy ante mí, ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA y HUGO JUAN ALEJANDRO LAGOS RIVERA, ambos domiciliados, para estos efectos, en Poeta Ángel Cruchaga 1751 B, Dp. 41, Comuna de La Reina, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “INVERSIONES Y ASESORIAS LAGOS LIMITADA", nombre fantasía “MICAELA LTDA.”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder abrir oficinas y sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: i) La inversión en actividades productoras de renta así como en la compra y venta de toda clase de bienes corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, títulos de crédito, bonos o debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y en cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, nominativos o al portador, efectos de comercio, marcas comerciales, licencias y concesiones; la compra, venta y disposición de dichos bienes así como de cualquier otro bien mueble y/o raíz, derechos e inversiones, como por ejemplo compra de acciones o derechos en sociedades; ii) Administrar las inversiones antes señaladas y la percepción de sus frutos y rentas; iii) Gestión inmobiliaria; iv) En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen y que sean conducentes al cumplimiento del objeto social. Capital: $60.000.000, aportados siguiente forma: ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA, $600.000, equivalente al 1% del capital social, este acto al contado y en dinero en efectivo que ingresa a la caja social; e HUGO JUAN ALEJANDRO LAGOS RIVERA, $59.400.000, equivalente al 99% capital social, mediante el aporte en dominio del 100% de sus derechos de dominio que corresponden a un 50% de derechos de bienes raíces ingresados a la sociedad de la forma señalada en escritura de constitución. Administración y uso de la razón social: Corresponderá indistinta, individual e independientemente a los socios, quienes anteponiendo su firma a la razón social la representarán con las más amplias facultades, detalladas pacto social. Responsabilidad: Limitada hasta el monto de sus respectivos aportes.- Duración: 5 años contados desde la fecha escritura y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años, manera indicada escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 diciembre 2020.