INVERSIONES AMANCAY LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de diciembre de 2020
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- Cuadragésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 10 años, contados desde fecha de escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga
Objeto social
El objeto de la sociedad será efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Administración
Será ejercida exclusivamente a través de don FERNANDO JOAQUÍN PLAZA RADDATZ, de acuerdo a facultades establecidas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatino N°332, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 24 de diciembre de 2020, ante mi suplente Rodrigo Sotomayor Graepp y autorizado por mí bajo el Artículo 402 del Código Orgánico de Tribunales, don FERNANDO JOAQUÍN PLAZA RADDATZ, la sociedad DPP INVERSIONES LIMITADA, la sociedad LPP INVERSIONES LIMITADA, la sociedad JPP INVERSIONES LIMITADA, y la sociedad APP INVERSIONES LIMITADA, todos domiciliados en calle Burgos N°80, oficina 1001, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: INVERSIONES AMANCAY LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de INVERSIONES AMANCAY LTDA. o AMANCAY LTDA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: La sociedad tendrá una duración de 10 años, contados desde fecha de escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don FERNANDO JOAQUÍN PLAZA RADDATZ, aporta la suma de $5.000.000, correspondientes al 0,5% del capital social, los cuales aportará con dinero en efectivo o en especies dentro del plazo de tres años contados desde fecha escritura extractada, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios del consumidor entre esa fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; b) la sociedad DPP INVERSIONES LIMITADA, aporta la suma de $248.750.000, correspondientes al 24,875% del capital social, los cuales aportará con dinero en efectivo o en especies dentro del plazo de tres años contados desde fecha escritura extractada, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios del consumidor entre esa fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; c) la sociedad LPP INVERSIONES LIMITADA, aporta la suma de $248.750.000, correspondientes al 24,875% del capital social, los cuales aportará con dinero en efectivo o en especies dentro del plazo de tres años contados desde fecha escritura extractada, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios del consumidor entre esa fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; d) la sociedad JPP INVERSIONES LIMITADA, aporta la suma de $248.750.000, correspondientes al 24,875% del capital social, los cuales aportará con dinero en efectivo o en especies dentro del plazo de tres años contados desde fecha escritura extractada, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios del consumidor entre esa fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; e) la sociedad APP INVERSIONES LIMITADA, aporta la suma de $248.750.000, correspondientes al 24,875% del capital social, los cuales aportará con dinero en efectivo o en especies dentro del plazo de tres años contados desde fecha escritura extractada, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios del consumidor entre esa fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto. Administración: Será ejercida exclusivamente a través de don FERNANDO JOAQUÍN PLAZA RADDATZ, de acuerdo a facultades establecidas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de enero de 2021. A. Mozo A. Notario Público.