FERRETERIA CORDANO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de enero de 2021
- Notario
- RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Objeto social
La importación, exportación, compras, ventas, distribución, comisión, comercialización y representación de cualquier clase de bienes, cosas, insumos, productos de ferretería, construcción, electricidad, grifería, muebles, productos o mercancías en general de consumo o de capital, en el mercado interno o externo especialmente de artículos de ferretería, fertilizantes, semillas e insumos para la agricultura, alimentos para animales, áridos y materiales para la construcción, bloquetas y su fabricación; todo otro objeto lícito que los socios estipulen en el futuro. Además podrá actuar, como usuaria de los Sistemas de Zonas Francas y)o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero.- Administración sociedad y uso razón social corresponderá al socio JAVIER IGNACIO TORRE CORDANO, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará con amplias facultades. Capital $50.000.000, que socios aportan y enteran siguiente manera: JAVIER IGNACIO TORRE CORDANO, aporta $25.000.000, que entera con $5.000.000, en este acto, en dinero efectivo que ingresa en caja social, y saldo de $20.000.000, se obliga a enterarlos plazo de 36 meses contados desde fecha suscripción presente instrumento a medida que las necesidades sociales así lo requieran; dicho aporte corresponde al 50% capital social; SERGIO ALEJANDRO TORRE CORDANO, aporta $25.000.000, que entera con $5.000.000, en este acto, en dinero efectivo que ingresa en caja social, y saldo de $20.000.000, se obliga a enterarlos plazo de 36 meses contados desde fecha suscripción del presente instrumento a medida que las necesidades sociales así lo requieran; dicho aporte corresponde al 50%
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Abogado, Notario Público Iquique, Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Aníbal Pinto N°555, certifico que por escritura pública, hoy ante mí, JAVIER IGNACIO TORRE CORDANO, Esmeralda N°721, Iquique, y SERGIO ALEJANDRO TORRE CORDANO, Avenida Arturo Prat N°889, depto. 23, Iquique; constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada, razón social sociedad FERRETERIA CORDANO LIMITADA, nombre fantasía FERRETERIA CORDANO LTDA..- Objeto: La importación, exportación, compras, ventas, distribución, comisión, comercialización y representación de cualquier clase de bienes, cosas, insumos, productos de ferretería, construcción, electricidad, grifería, muebles, productos o mercancías en general de consumo o de capital, en el mercado interno o externo especialmente de artículos de ferretería, fertilizantes, semillas e insumos para la agricultura, alimentos para animales, áridos y materiales para la construcción, bloquetas y su fabricación; todo otro objeto lícito que los socios estipulen en el futuro. Además podrá actuar, como usuaria de los Sistemas de Zonas Francas y/o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero.- Administración sociedad y uso razón social corresponderá al socio JAVIER IGNACIO TORRE CORDANO, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará con amplias facultades. Capital $50.000.000, que socios aportan y enteran siguiente manera: JAVIER IGNACIO TORRE CORDANO, aporta $25.000.000, que entera con $5.000.000, en este acto, en dinero efectivo que ingresa en caja social, y saldo de $20.000.000, se obliga a enterarlos plazo de 36 meses contados desde fecha suscripción presente instrumento a medida que las necesidades sociales así lo requieran; dicho aporte corresponde al 50% capital social; SERGIO ALEJANDRO TORRE CORDANO, aporta $25.000.000, que entera con $5.000.000, en este acto, en dinero efectivo que ingresa en caja social, y saldo de $20.000.000, se obliga a enterarlos plazo de 36 meses contados desde fecha suscripción del presente instrumento a medida que las necesidades sociales así lo requieran; dicho aporte corresponde al 50% capital social.- Domicilio Iquique. Sociedad durará 5 años contados desde fecha presente contrato, prorrogables períodos iguales. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, a 04 de Enero de 2021.