COMERCIAL REFRAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2020
- Notario
- Claudia Marcela Gomez Lucares
- Oficio
- 50ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| COMERCIAL REFRAN LIMITADA | socio | 76430469-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalClaudia Marcela Gomez Lucares, Notario Público de la 50ª Notaría de Santiago, Teatinos 371, oficina 113, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 28 de Diciembre de 2020 ante mí, FRANCISCA PILAR MERA GONZÁLEZ, domiciliada en Regimiento Cazadores N° 1222, departamento 422, comuna de Providencia, Región Metropolitana; RENATA EMILIA DE LOURDES CARVALLO YÁÑEZ, domiciliada en calle Bergen N°211, departamento 302, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y MAGDALENA ISABEL MERA GONZÁLEZ, domiciliada en Regimiento Cazadores N° 1222, departamento 422, comuna de Providencia, Región Metropolitana; modifican la sociedad COMERCIAL REFRAN LIMITADA, RUT: 76.430.469-1 inscrita a fojas 29.788 N° 17.682, en el Registro de Comercio del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago en el siguiente sentido: doña RENATA EMILIA DE LOURDES CARVALLO YÁÑEZ, vende, cede y transfiere el total de todos sus derechos, parte, cuota o acción que le corresponden en la sociedad “COMERCIAL REFRAN LIMITADA” a doña MAGDALENA ISABEL MERA GONZÁLEZ quien los compra adquiere y acepta para sí en la suma de $5.000.000.- pagados en la forma que se indica . Como consecuencia de esta cesión quedan como únicas socias de la sociedad Francisca Pilar Mera González y Magdalena Isabel Mera González cada una con un cincuenta por ciento de los derechos societarios.- Francisca Pilar Mera González y Magdalena Isabel Mera González; acuerdan modificar, a partir del uno de enero del año dos mil veintiuno, el pacto social según lo siguiente se modifica la parte inicial de la cláusula cuarta de la siguiente manera y tenor: “La administración, representación y uso de la razón social, recaerá en las socias Francisca Pilar Mera González y Magdalena Isabel Mera González, ya sea en forma conjunta, separada e indistintamente, quienes anteponiendo su sola firma a la razón social, tendrán amplias facultades de administración y la obligarán y representarán en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y en especial, teniendo amplias facultades de administración, disposición y conservación” Se mantiene íntegramente la enumeración de facultades contenida en la mencionada cláusula. La modificación empezará a regir el 1 de enero de 2021. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 19 de enero de 2021.