MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BARAONA ABOGADOS LIMITADA

RUT 76018102-1 CVE 1887319
Fecha instrumento
4 de enero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de enero de 2021
Repertorio
4-2021
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N°0153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública de fecha 4 de enero de 2021, bajo el repertorio N° 4-2021, ante mi suplente MARÍA FERNANDA DE LOS SANTOS FERRAZ: i) ASESORÍAS E INVERSIONES FINANCIERAS BARU LIMITADA, debidamente representada, por el señor JUAN MANUEL BARAONA SAINZ, ambos domiciliados en calle Valle Elocuente N° 3.573, comuna de Lo Barnechea, Santiago; ii) ASESORÍAS E INVERSIONES BARASILVA LIMITADA, debidamente representada por el señor JUAN PABLO BARAONA RUFATT, ambos domiciliados calle El Rebalse N° 856, comuna de Lo Barnechea, Santiago; iii) INVERSIONES MAGDALENA LIMITADA, debidamente representada por la señora CAROLINA ANDREA COLLANTES SCHAALE, ambas domiciliadas en calle Bombay N° 8680, comuna de Las Condes, Santiago; iv) ASESORÍAS E INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA, debidamente representada por el SEÑOR FEDERICO RODRIGUEZ MARTY, ambos domiciliados en calle San Sebastian N° 2807, oficina 912, comuna de Las Condes, Santiago; v) SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS LEGALES EL RETIRO SpA, debidamente representada por el señor CRISTÓBAL HERRERA BARRIGA, ambos domiciliados en calle Toledo N° 732, comuna de Las Condes, Santiago; vi) ASESORÍAS RAMAR LIMITADA, debidamente representada por el señor RAÚL EDUARDO MARSHALL JULLIAN, ambos domiciliados en Condominio Santa Teresita, Parcela Tres, calle Santa Esther sin número, comuna y ciudad de Colina. Todos los anteriores, en su carácter de únicos y actuales socios de “BARAONA ABOGADOS LIMITADA”, sociedad de responsabilidad limitada, RUT N° 76.018.102-1, cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito a fojas 1230 número 792 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014 (en adelante, la “Sociedad”), quienesacordaron modificar la Sociedad en el siguiente sentido: /Uno/ Los socios INVERSIONES MAGDALENA LIMITADA y SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS LEGALES EL RETIRO SpA manifestaron su decisión de renunciar y retirarse de manera irrevocable de la Sociedad, dándose en dicho acto por expresa y debidamente notificados el resto de los socios, la cual aceptaron expresa, pura y simplemente. De conformidad a lo antes señalado, quedaron como únicas socios de “BARAONA ABOGADOS LIMITADA” las sociedades ASESORÍAS E INVERSIONES FINANCIERAS BARU LIMITADA, ASESORÍAS E INVERSIONES BARASILVA LIMITADA, ASESORÍAS E INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA y ASESORÍAS RAMAR LIMITADA, distribuyéndose entre estas el capital social en la forma que se indica en la escritura extractada. /Dos/ Como consecuencia de la renuncia y retiro INVERSIONES MAGDALENA LIMITADA y SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS LEGALES EL RETIRO SpA, los actuales y únicos socios de la Sociedad, a saber, ASESORÍAS E INVERSIONES FINANCIERAS BARU LIMITADA, ASESORÍAS E INVERSIONES BARASILVA LIMITADA, ASESORÍAS E INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA y ASESORÍAS RAMAR LIMITADA, todos debidamente representados, acordaron: /Dos.Uno/ “Sustituir íntegramente el artículo quinto de los estatutos sociales, por uno del siguiente tenor: “Artículo Quinto. Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de cinco millones de pesos, suscrito y pagado por los socios en la siguiente forma y proporción: /a/ ASESORÍAS E INVERSIONES FINANCIERAS BARU LIMITADA ha suscrito la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, de los cuales doscientos cincuenta mil pesos han sido ingresados en arcas sociales con anterioridad a esta fecha y un millón de pesos se encuentran pendientes de pago; /b/ ASESORÍAS E INVERSIONES BARASILVA LIMITADA ha suscrito la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, de los cuales doscientos cincuenta mil pesos han sido ingresados en arcas sociales con anterioridad a esta fecha y un millón de pesos se encuentran pendientes de pago; c) ASESORÍAS E INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA ha suscrito la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, de los cuales doscientos cincuenta mil pesos han sido ingresados en arcas sociales con anterioridad a esta fecha y un millón de pesos se encuentran pendientes de pago; y d) ASESORÍAS RAMAR LIMITADA ha suscrito la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, de los cuales doscientos cincuenta mil pesos han sido ingresados en arcas sociales con anterioridad a esta fecha y un millón de pesos se encuentran pendientes de pago.”; y, /Dos.Dos/ Modificar la primera frase del artículo séptimo de los estatutos de la Sociedad, reemplazándola por la siguiente: “La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social, corresponderá conjuntamente a dos cualquiera, actuando conjuntamente, de los señores Juan Manuel Baraona Sainz, Juan Pablo Baraona Rufatt y Raúl Eduardo Marshall Jullian.” En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social, especialmente la responsabilidad de los socios, la que se mantiene limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de enero de 2021.