INVERSIONES Y ASESORIAS CAMPANARIO HOLDING LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
- Comuna
- Santiago de don René Benavente
Sociedad
- Capital
- $975.766.206 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, Comuna de San Miguel, certifico: por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2020, ante mí, (i) GONZALO CAMPO IRIGOYEN; (ii) PAULINA ENRIQUETA MERCEDES LOURDES IRIGOYEN DÍAZ; Y (iii) INVERSIONES LA CAÑADA SpA, todos los anteriores domiciliados para efectos de escritura extractada en Santa Blanca número 1.647, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, acordaron modificar a la sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS CAMPANARIO HOLDING LIMITADA”, cuyo extracto se encuentra inscrito a fs. 56.983, N° 39.610 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2009, (en adelante, la “Sociedad”) de acuerdo a lo siguiente: /A/ Dejar constancia que: 1) en escritura de constitución de la Sociedad de fecha 30 de octubre de 2009, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, cuyo extracto se inscribió a fojas 56.983, N° 39.610 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2009; y, 2) en escritura de fecha 20 de abril de 2010, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, cuyo extracto fue inscrito a fojas 19.667, N° 13.365 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2010, “Paulina Enriqueta Mercedes Lourdes Irigoyen Díaz” fue individualizada como: “Paulina Enriqueta Mercedes de Lourdes Irigoyen Díaz”, debiendo decir: “Paulina Enriqueta Mercedes Lourdes Irigoyen Díaz”, por tanto, las partes rectifican las escrituras y extractos inscritos y publicados, singularizados en el número 1) y 2) anteriores, según lo señalado precedentemente. /B/ Aporte en dominio: Gonzalo Campo Irigoyen, aportó en dominio la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, correspondientes a un 99,9898%, a Inversiones La Cañada SpA, para efectos del pago de las acciones suscritas en la constitución de esta última. C) Cesión de Derechos: doña Paulina Enriqueta Mercedes Lourdes Irigoyen Díaz, vendió, cedió, transfirió la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalente al 0,0102% de los mismos, a Gonzalo Campo Irigoyen, al precio de $1.500.000, que se pagará en la forma indicada en escritura extractada. D) En consecuencia los socios acordaron remplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital Social. El capital de la Sociedad es la suma de $975.766.206, pagado de la siguiente forma: a) INVERSIONES LA CAÑADA SpA aporta la suma de $975.666.206, que equivalen 99,9898%, del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; y, b) GONZALO CAMPO IRIGOYEN, aporta la suma de $100.000, que equivalen al 0,0102% del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha.”/E/ Adicionalmente, acordaron reemplazar el artículo séptimo de los estatutos de la Sociedad sobre Administración y Uso de la Razón Social, en la que se indica que la administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a Gonzalo Campo Irigoyen, con amplias facultades de administración y disposición, indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2021.