Inversiones Thomas Spencer SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de noviembre de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
Los actuales y únicos accionistas, vienen en modificar la administración de la Sociedad, modificando para estos efectos el Artículo octavo de los Estatutos Sociales, quedando redactado con el siguiente tenor: “ARTÍCULO OCTAVO: Administración y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de noviembre del año 2020, ante mí: La sociedad Inversiones Conquista Limitada y la sociedad Rentas, Asesorías e Inversiones El Trebal Limitada; en su calidad de actuales y únicos accionistas según Registro de Accionistas que se ha tenido a la vista, acordaron modificación de la sociedad Inversiones Spencer SpA, inscrita fojas 71.471, número 34.326, del Registro de Comercio del conservador de Bienes Raices de Santiago, correspondiente al año 2020, en el siguiente sentido: I. Modificación de la Razón Social: Los actuales y únicos accionistas, vienen en modificar la razón social de la Sociedad, modificando para estos efectos el Artículo primero los Estatutos Sociales, quedando redactado con el siguiente tenor: “ARTÍCULO PRIMERO: Razón Social. La razón social será “Inversiones Thomas Spencer SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquiera otros organismos públicos o privados, la sigla comercial o nombre de fantasía de “Spencer SpA”.- II. Modificación de la Administración: Los actuales y únicos accionistas, vienen en modificar la administración de la Sociedad, modificando para estos efectos el Artículo octavo de los Estatutos Sociales, quedando redactado con el siguiente tenor: “ARTÍCULO OCTAVO: Administración y Representación. El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá de manera conjunta a don Pablo Gellona Vial y a don Sebastián Undurraga Tupper, quienes actuaran conjuntamente con las más amplias facultades. Los administradores mencionados, actuando de la forma antes indicada, y anteponiendo su firma a la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social”. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes las demás disposiciones de los Estatutos Sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 03 de diciembre de 2020.