INMOBILIARIA PAULA ELENA BRAVO VALENCIA E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 20 de enero de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Elías Tadres Hales, Notario Temuco, Oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 20 de Enero de 2021, ante mi, don doña CYNTHIA DEL PILAR CONCHA CERDA, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos veinte mil seiscientos diez guión dos, con domicilio en calle Arturo Prat número seiscientos noventa y seis oficina cuatrocientos veintiséis de la ciudad de Temuco, debidamente facultada, Rectificó, Complementó y Saneó, escritura de Constitución de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, otorgada ante mí con fecha 07 de Octubre de 2020, cuya razón social es: “INMOBILIARIA PAULA ELENA BRAVO VALENCIA E.I.R.L.”, inscrita a fojas mil doscientos setenta y tres vuelta, bajo el número setecientos treinta y nueve en el Registro de Comercio del año dos mil veinte del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Rectificada y Saneada por escritura pública de fecha nueve de diciembre del año dos mil veinte, otorgada ante Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, inscrita a fojas mil doscientos setenta y cuatro, bajo el número setecientos cuarenta en el Registro de Comercio del año dos mil veinte del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco; Por acto escritura doña CYNTHIA DEL PILAR CONCHA CERDA, debidamente facultada, viene en realizar las siguientes rectificaciones y complementaciones: Uno) rectificar y complementar la cláusula QUINTA de la escritura Pública de constitución de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada de fecha siete de octubre del año dos mil veinte, otorgada ante Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, anotada en el Repertorio de Instrumentos Públicos con el número cinco mil quinientos sesenta y cinco / dos mil veinte, en la referida cláusula se indicó al singularizar el bien que se aporta en dominio “…monto que entera aportando en dominio la totalidad de acciones de que es dueña y que recaen en siguiente inmueble cuyo avalúo ha sido determinado considerando el estado de conservación y avalúo fiscal: el inmueble consiste en el LOTE NUMERO VEINTIOCHO, de una superficie de cinco mil seiscientos treinta y tres metros cuadrados…” en circunstancias que conforme a sus títulos debió decir “monto que se entera aportando en dominio la nuda propiedad que tiene sobre la totalidad de acciones que recaen en el siguiente inmueble cuyo avalúo ha sido determinado considerando el estado de conservación y avalúo fiscal: el inmueble consiste en el LOTE NUMERO VEINTIOCHO, de una superficie de cinco mil seiscientos treinta y tres metros cuadrados…” Dos) Por acto escritura la compareciente viene en rectificar y complementar la cláusula SEGUNDA numeral dos) de la escritura pública de rectificación y saneamiento de fecha nueve de diciembre del año dos mil veinte, otorgada ante Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, anotada en el Repertorio de Instrumentos Públicos con el número seis mil ochocientos siete / dos mil veinte, en la referida cláusula se indicó “dos) Se complementa la cláusula quinta de la escritura referida en el sentido de indicar que la compareciente avalúa en la suma de CIENTO CUARENTA MILLONES DE PESOS, las acciones de que es dueña y que recaen el inmueble consiste en el LOTE NUMERO VEINTIOCHO, de una superficie de cinco mil seiscientos treinta y tres metros cuadrados” en circunstancias que conforme a sus títulos debió decir “dos) Se complementa la cláusula quinta de la escritura referida en el sentido de indicar que la compareciente avalúa en la suma de CIENTO CUARENTA MILLONES DE PESOS, la nuda propiedad que tiene sobre la totalidad de acciones que recaen en el inmueble consiste en el LOTE NUMERO VEINTIOCHO, de una superficie de cinco mil seiscientos treinta y tres metros cuadrados”.- Saneamiento: La compareciente viene en sanear las escrituras ya referidas, en virtud de lo dispuesto en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve de fecha once de abril de mil novecientos noventa y siete, se corrige y sanea los vicios, procediéndose a la inscripción del aporte a la respectiva sociedad en el registro pertinente.- Temuco, 22 de Enero de 2021.-