GIOIA SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2020
- Notario
- MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
- Oficio
- Titular de la 5ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Objeto social
” 2) Modificar el artículo quinto de los estatutos, referente al capital, reemplazándolo por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma única y total de $100.000, dividido en 1.000 acciones todas ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una. Las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas, siendo INVERSIONES NEXT SpA titular de 330 acciones y ANTOMAR S.A. titular de 670 acciones.”
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| GIOIA SpA | socio | 77110387-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público suplente del Titular de la 5ª Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique N° 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2020, ante mí, Gian Angelo Bonino Kauert, por sí y en representación de Inversiones Next SpA y Antomar S.A., únicos y actuales accionistas según registro de accionistas que he tenido a la vista de la sociedad GIOIA SpA, RUT N°77.110.387-1, inscrita a fojas 73.455 N° 35.986 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019. Acordaron modificar los estatutos sociales: 1) Modificar el artículo segundo de los estatutos, referente al objeto social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTICULO SEGUNDO: El Objeto de la Sociedad es: a) la elaboración, preparación, producción, procesamiento, comercialización y distribución de todo tipo de alimentos y bebidas alcohólicas y no alcohólicas, actividades que la sociedad deberá desarrollar por cuenta propia a través de la explotación de locales comerciales que operará bajo la marca de su propiedad denominada “Millefleur”; b) la realización de todas y cada una de las actividades que sean necesarias y conducentes al desarrollo del objeto social.” 2) Modificar el artículo quinto de los estatutos, referente al capital, reemplazándolo por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma única y total de $100.000, dividido en 1.000 acciones todas ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una. Las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas, siendo INVERSIONES NEXT SpA titular de 330 acciones y ANTOMAR S.A. titular de 670 acciones.” Otras estipulaciones no interesan a terceros, constan en escritura extractada. Santiago 21 de enero de 2021. María Virginia Wielandt Covarrubias. Notario Suplente.-