Estudio de Asesorías Legales y Jurídicas Varas y Compañía SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de marzo de 2013
- Notario
- OCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ
- Oficio
- 30 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ, Notario Público Titular 30 Notaría Santiago, Oficios Av. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Ofs. 134-135, CERTIFICA: Por escritura pública, ante mí, fecha hoy, ANDRES GABRIEL VARAS QUIJON, chileno, soltero, empresario, de profesión abogado, cedula nacional de identidad 10.998.290-3, domiciliado para estos efectos en calle Bandera 341, oficina 853, comuna y ciudad de Santiago, como único y actual accionista, modifica sociedad por acciones, denominada “Estudio de Asesorías Legales y Jurídicas Varas y Compañía SpA”, con nombre de fantasía “Varas & Cía. Estudio Legal y Jurídico SpA”, constituida por escritura pública 11 de Marzo de 2013, ante el Notario de Santiago de doña Nelly Dunlop Rudolffi, cuyo extracto se inscribió a Fojas 20698 N° 13627 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2013 y publicado en el Diario Oficial de fecha 15 de Marzo de 2013, en sentido que: “A) Se aumenta capital de $30.000.000 en $30.000.000, quedando en la suma de $60.000.000, como consecuencia la Cláusula Cuarta, queda como sigue: “El capital de la sociedad asciende a $60.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, se suscribe, entera y paga, en este acto de contado y en dinero efectivo con $6.000.000 y con $54.000.000, en el plazo de 3 años a contar de la fecha del presente instrumento, en dinero efectivo, bienes o mediante la capitalización de su participación en las futuras utilidades sociales; y B) Sustituye cláusula Quinta, sobre administración, manteniendo la representación y uso de la razón social don ANDRES GABRIEL VARAS QUIJON, entregándole mayores facultades, que se reproducen en escritura que se extracta”. En todo lo no modificado rige pacto social constitutivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de Enero de 2017.-