MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Ripley Financiero Limitada

RUT 99531200-K CVE 1884660
Capital
$687.950.790 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2020
Notario
María Patricia Donoso Gomien
Oficio
Vigésimo Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$687.950.790 CLP

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Ripley Chile S.A socio 99530250-0
Ripley Corp S.A socio 99579730-5
Ripley Financiero Limitada socio 99531200-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Patricia Donoso Gomien, Notario Público Titular de la Vigésimo Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2020 otorgada ante mí, bajo el repertorio número 18025-2020, Ripley Chile S.A., RUT 99.530.250-0, y Ripley Corp S.A., RUT 99.579.730-5, ambos domiciliados, para estos efectos en Huérfanos 1052, cuarto piso interior, comuna de Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de Ripley Financiero Limitada, RUT 99.531.200-K (la “Sociedad”), inscrita a fojas 18.313 número 14.016 del Registro de Comercio de Santiago de 2003, acordaron modificar la Sociedad en el sentido de disminuir el capital social desde la cantidad de $687.950.790.296 a la nueva suma de $654.450.790.296. De este modo, se disminuye el capital en la suma de $33.500.000.000. Como consecuencia de la disminución de capital antes referida, la participación de los socios en el capital social de la Sociedad queda de la siguiente manera: Ripley Chile S.A. ha aportado y pagado la cantidad de $654.346.152.995, equivalentes a un 99,9840114332956% de los derechos sociales; y Ripley Corp S.A. ha aportado y pagado la cantidad de $104.637.301, equivalentes a un 0,0159885667044112% de los derechos sociales. En virtud de lo anterior, se modificó el artículo Cuarto del estatuto social de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se faculta al portador de extracto para su legalización. Santiago, 20 de enero de 2021.