INMOBILIARIA JVV DOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de noviembre de 2020
- Comuna
- Santiago Juan Ricardo San Martín Urrejola
Sociedad
- Capital
- $344.027 CLP
- Duración
- 2 años, plazo renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales
Objeto social
Uno) La realización de todo tipo de inversiones de capitales en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales y, en general, en toda clase de títulos, valores mobiliarios, efectos de comercio y demás instrumentos de mercado de capitales, sea mediante la adquisición, venta o cesión de derechos; administrar, percibir sus frutos y rentas o liquidar dichas inversiones, sea directamente o a través de terceros; Dos) Concurrir a la formación, constitución, modificación, transformación o ampliación de otras sociedades de cualquier clase que impliquen efectuar inversiones en actividades de índole comercial o de importaciones; Tres) La realización de toda clase de operaciones de crédito de dinero, incluso hacer préstamos, con o sin garantía, descontar letras de cambio, pagarés y otros documentos que representen obligaciones de pago, con excepción de aquellas operaciones reservadas privativamente por ley, a las instituciones financieras
Administración
La representación y administración de la sociedad, así como el uso de la razón social corresponderá a los socios Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama o Elizabeth Elena Delarze Mermoud, quienes actuando en forma indistinta representarán a la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCONSTITUCIÓN SOCIEDAD “INMOBILIARIA JVV DOS LIMITADA” JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Notario Suplente del Titular de la 43° Notaría de Santiago Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de noviembre de 2020, ante el Notario Titular don Juan Ricardo San Martín Urrejola, don JORGE GUSTAVO AUGUSTO VALENZUELA VALDERRAMA; doña ELIZABETH ELENA DELARZE MERMOUD; don JORGE ANDRES VALENZUELA DELARZE; doña CAROLINA VALENZUELA DELARZE; doña MARÍA SOLEDAD VALENZUELA DELARZE, todos para estos efectos domiciliados en calle Manuel Montt número mil trescientos veinte, comuna de Providencia, Santiago; Constituyeron la Sociedad INMOBILIARIA JVV DOS LIMITADA como consecuencia de la División de la Sociedad JORGE VALENZUELA V. Y COMPAÑÍA LIMITADA, lo anterior de acuerdo a escritura pública de fecha 27.11.2020 en la Notaria de Santiago de Juan Ricardo San Martin; Acuerdan que se regirá por los siguientes estatutos: Razón Social: INMOBILIARIA JVV DOS LIMITADA.- Duración: 2 años, plazo renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales.- Objeto: Uno) La realización de todo tipo de inversiones de capitales en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales y, en general, en toda clase de títulos, valores mobiliarios, efectos de comercio y demás instrumentos de mercado de capitales, sea mediante la adquisición, venta o cesión de derechos; administrar, percibir sus frutos y rentas o liquidar dichas inversiones, sea directamente o a través de terceros; Dos) Concurrir a la formación, constitución, modificación, transformación o ampliación de otras sociedades de cualquier clase que impliquen efectuar inversiones en actividades de índole comercial o de importaciones; Tres) La realización de toda clase de operaciones de crédito de dinero, incluso hacer préstamos, con o sin garantía, descontar letras de cambio, pagarés y otros documentos que representen obligaciones de pago, con excepción de aquellas operaciones reservadas privativamente por ley, a las instituciones financieras.- Administración: La representación y administración de la sociedad, así como el uso de la razón social corresponderá a los socios Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama o Elizabeth Elena Delarze Mermoud, quienes actuando en forma indistinta representarán a la sociedad.- Capital: $344.027 pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: a) Don Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama aporta la suma de $166.854 pesos, equivalente al 48,5% del haber social; b) doña Elizabeth Elena Delarze Mermoud, aporta la suma de $166.853 pesos, equivalente al 48,5% del haber social; c) don Jorge Andrés Valenzuela Delarze aporta la suma de $3.440 pesos, equivalente al 1% del haber social d) doña Carolina Valenzuela Delarze aporta la suma de $3.440 pesos, equivalente al 1% del haber social; e) doña María Soledad Valenzuela Delarze aporta la suma de $3.440 pesos, equivalente al 1% del haber social.- Capital íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de enero de 2021.-